Escritura de casa a nombre de dos personas

Mi madre y un hermano tienen la casa a nombre de los dos, mi madre se ha ido a una residencia y mi hermano, probablemente se tenga que meter en un centro psiquiátrico, entonces quedamos dos hermanos más, mi hermano es soltero, ¿ellos pueden dejar en testamento a otro familiar? ¿O cómo hijos de mi madre es nuestro derecho a esa casa?, Pues querían dejársela a un nieto de mi madre, pero yo soy hija, y tendré mis derechos🙏

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En testamento, todos somos libres de dejar nuestros bienes a quienes queramos. No obstante, salvo que haya motivos para desheredar, los herederos legales tienen derecho a la legítima.

Buenas tardes, muchas gracias por su respuesta Poliplos, motivos ningunos para desheredar, pero mi madre me dijo que querían dejar la casa a mi sobrino y la verdad yo no tengo casa propia, si a mí marido le pasa algo, tendría el usufructo pues el tiene hijos, entonces digo bueno si soy hija no podrá ser, por qué motivos para desheredarme no tiene y ya pasó con otra casa, que se la quedó mi otro hermano, yo no renuncie a ella , pero tampoco me la pagó, mi madre se la vendió a un hijo, de los tres qué somos, uno renunció a la casa, yo no, pero tampoco me pagó mi parte, la reformó y dice que no me debe nada, entonces pregunto por qué ya como para fiarse, aunque sea mi familia, gracias muy amable, saludos

Su madre, en vida, puede disponer de sus bienes como mejor le parezca.

¡Gracias! Si como suyos que son, pero creo que tampoco sería justo dejarle solo a un hijo e hijos de éste, pues yo soy la única que mi madre es lo principal para mí, la única que jamás le dio motivos de nada, todo lo contrario, siempre para todo he estado, pero siempre hay hijos favoritos, pero ante la ley sin motivos aparentes somos iguales, pienso yo, yo daría mi vida por mi madre, otros son los favoritos y mejor todos para ellos, ojalá mi madre me dure mucho, se ha ido a la residencia por si misma, está al 100% de su mentalidad a sus 92 años, gracias muy amable, saludos

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Partiendo de la base que hay CCAA donde hay especificidades legales, en condiciones normales te pertenecería la legítima, es decir parte de las propiedades bienes e inmuebles de tu madre.

Respecto a la mitad de la casa que es de tu hermano, de eso a priori no te correspondería nada pues podría, si no está incapacitado, llevárselo a quien considerase.

Si fallece sin herederos, os revertirá a vosotros.

Si se lo quieren dejar a una nieta de tu madre, tu hermano puede legarle su mitad sin problema y de la parte de la madre, mientras os compense a los herederos legítimos de otra forma por la legitima, podría legitimado también.

Buenas tardes Jota Ig Ro, muchas gracias por su respuesta, si entiendo, mi hermano puede hacer lo que guste, pero en caso de mi madre no, pues tiene dos hijos más un hermano y yo, entonces no podría dejarle a nadie su parte, ya que somos hijos y por ley nos corresponde la parte de mi madre, muy amable en contestar, aveces pienso que estoy de sobra, al menos las tierras me las cedió mi parte, pero para vender todos se ponen malos , no tengo hijos, dirán pues para los sobrinos, pero yo hice un testamento, donde me cuide se quede con lo que sea mío, creo que es lo mejor hacerlo así, pues a lo visto, muchas gracias nuevamente, saludos

No la totalidad de las propiedades tienen que ir directamente a los hijos, una parte, creo que es 1/3, es la legitima, el resto es propiedad de tu madre y puede hacer lo que quiera.

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