Administrador único sl puede responder de los impagos
Quería saber si el administrador único, y socio único, de una Sociedad Limitada puede responder como persona física por deudas contraídas de la misma. El caso concreto es que esta S.L adeuda una cantidad importante de dinero (en concepto de alquiler de un local y suministros) por motivos que no tienen que ver con el COVID. Ya tengo interpuesta demanda judicial por desahucio. El administrador manifiesta que no le importa porque pretende cerrar la S.L y a el no le afectara, que ni tan siquiera podre incluirlo en los ficheros del RAI o en ASNEF.
Por lo que he visto en el RDL 1/2010 de 2 de Julio, sobre la Ley de sociedades de capitales, concretamente en el art.236 del capitulo V, en el titulo VI, si que puede responder como persona física por dichos impagos. Otra cosa es que tenga o no tenga bienes. ¿Es cierto esto? ¿Tendría alguna manera de incluirlo en los ficheros de impagos como persona física?