Entregar vivienda al banco para cubrir deuda estando alquilada

Estoy a punto de firmar con el banco una dación en pago de la que era mi vivienda habitual.

En la actualidad me encuentro residiendo por trabajo en otra provincia y tengo la vivienda alquilada desde hace pocos meses.

El banco parece que va a aceptar la dación con la inquilina y respetando su contrato de arrendamiento.

Me surgen dos dudas:

1º El mobiliario y los enseres son mios ¿por lo que una vez se vaya la inquilina podre recuperarlos? La vivienda la alquile amueblada.

2º La fianza está depositada en la comunidad autónoma. ¿Tengo qué gestionar algo con ellos? Porque el contrato seguirá en vigor cambiando el arrendador entiendo.

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Considero que ambas cuestiones deben ser consideradas cuando se lleve a cabo y se formalice la dación en pago, me figuro que lo mismo que tiene un resguardo del depósito de la fianza, tendrá un inventario de los bienes que amueblan la casa alquilada.

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