¿Se puede deducir por vivienda habitual?
Se trata del siguiente caso, un matrimonio de Cádiz, compran una vivienda en 2012, siendo su vivienda habitual y por la que deducen el préstamo hipotecario. El es guardia civil, y en el 2020 lo destinan a Castilla y León, ella es militar y en el 2020 se encuentra en comisión de servicio en Castilla y León. De manera que la declaración de la renta la tendrán que hacer en esa comunidad, pero ¿pueden seguir deduciendo el préstamo por su vivienda habitual en Cádiz?. En vacaciones y fines de semana cuando pueden, vuelven a su casa. Es por obligación, el cambio de destino. ¿Pueden declarar en la comunidad andaluza en lugar de la castellana? ¿Pueden deducir el préstamo de la vivienda habitual?
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Respuesta de Pedro abogado
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