Si el nacimiento de una fuente queda dentro de una propiedad privada, ¿El propietario tiene derecho a prohibir el acceso?
En la Comunidad Valenciana, un la población de Villalonga hay un nacimiento de una fuente de agua en la montaña. Esta parcela siempre ha tenido propietarios, pero siempre ha estado abierta al público para su visita y disfrute.
El último heredero ha cubierto la fuente de hormigón y prohíbe el acceso al público, echándolos de la propiedad de malas maneras.
¿Qué permite o no la ley de aguas y la ley de propiedad en este sentido? ¿Se puede exigir que siga permitiendo el acceso y que devuelva la fuente al estado original?
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Respuesta de Pedro abogado