Querella y presentación de pruebas - Abogado + Procurador
Estoy entrando en esta profesión y hay cosas que me resultan dudosas.
En el caso de una querella con presentación de pruebas, que son concretamente unos discos y documentos probatorios de unas calumnias, ¿tengo qué llevarlas yo al juzgado o se encarga de ello el procurador?
El tema del procurador me resulta a veces confuso. Esta claro que su función es realizar todas las comunicaciones entre juzgado y abogado, pero en el caso de la presentación de pruebas, si yo soy fuese el abogado, ¿se las tengo que entregar a el procurador para que las envíe al juzgado o las tengo que llevar yo al juzgado personalmente tras la presentación de la querella por el procurador?
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Respuesta de Pedro abogado