Numero mínimo de vecinos para convocar una junta

Tenemos problemas con la administradora de fincas y queremos convocar una junta. Sabemos que pare ello, según la ley es necesario que el 25% de los propietarios estén a favor. Somos 21 propietarios y 7 estamos a favor de celebrar la junta pero la administradora nos indica que no reunimos la cuota necesaria para convocar una asamblea extraordinaria ¿esto es correcto?

2 Respuestas

Respuesta

La ley dice que necesitan el 25% de propietarios O el número de propietarios que sumen un mínimo del 25% de cuotas de participación.

7 de 21 es un 33,33%, por lo que es suficiente, independientemente de su cuota.
Artículo 16.1:

1. La Junta de propietarios se reunirá por lo menos una vez al año para aprobar los presupuestos y cuentas y en las demás ocasiones que lo considere conveniente el presidente o lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen al menos el 25 por 100 de las cuotas de participación.

Respuesta

Aprovechen la junta y despidan a esa persona que se autodenomina administrador.

Mándele el art. Que le ha indicado Poliplos

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