Impuesto Plus-Valía tras pérdida de valor sobre la adquisición.
Recientemente he transmitido una vivienda, plaza de garaje y trastero siendo fincas independientes y adquiridas anteriormente años atrás y por un precio inferior al de adquisición.
El Ayuntamiento al que pertenece las fincas descritas ha procedido a la valoración del Impuesto sobre el incremento del valor de los Terrenos (Plus-Valía) y a pesar de poder solicitar la no sujeción del impuesto de las tres fincas (tiene facultad para que siendo el caso de pérdida económica entre la compra y la venta se pueda pedir la citada no sujeción), pero va a girar la liquidación correspondiente exclusivamente por la vivienda.
El motivo viene por que en el momento de la adquisición en la escritura publica se procedió a valorar de forma conjunta las tres fincas citadas y ahora el notario solicitó una valoración independiente a cada una de ellas.
Asi el Ayuntamiento procede a realizar una regla de tres sumando las superficies de piso, plaza garaje y trastero y dividiendo como si lo mismo valiera el mt2 de cada una de las fincas y da un valor irrisorio a la vivienda en la adquisición y unos valores escandalosos a la plaza de garaje y al trastero.
Tambien he de comunicar que al igual que ahora al comprador el banco le ha hecho una tasación por empresa especializada, en mi caso también la hubo al solicitar igualmente un préstamo hipotecario y en la misma se reflejan unos valores más acorde en todo caso al valor real y de mercado.
Me gustaría me indicaran si con la aportación del certificado de tasación de mi adquisición al igual que la del préstamo hipotecario ante el Ayuntamiento, tendría valor suficiente para que se efectúe una valoración a cada una de las fincas que no sea de forma tan arbitraria como ha sido repito, fijando el mismo valor al mt2 de una vivienda como a una plaza de garaje y a un trastero.