¿Cuando prescribe una deuda que ya esta en el juzgado?

Tengo una duda muy grande soy de Madrid y hace mas de 10 años solicite unos prestamos que no pude pagar y me los reclamaron judicialmente concretamente en 2007 y 2011. Esta misma semana he pedido un informe en la entrada al juzgado para poder saber si tengo algo pendiente y me han aparecido los mismos juzgados que hace años. Por lo que he leído las deudas entre 2005 y 2015 prescribían a los 5 años pero no se si es así ni en su caso por que aun aparecen en el juzgado.

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Por lo que se ve el juzgado no ha declarado la caducidad de esas deudas. Por otra parte, para que prescriba una deuda, el acreedor debe dejar de reclamarla.

¿Tiene usted constancia de eso?

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