¿Pueden denegarme el acceso a una terraza comunitaria?

Porque no es tan sencillo. Soy propietario de un piso en un edificio que tenía unas terraza exteriores que daban un segundo acceso al edificio por el primer piso. Hace años, se tiraron todas esas terrazas (eliminando este segundo acceso) y se va a instalar un ascensor.

El caso es que delante de una de mis habitaciones y la cocina, ha quedado un trozo de esas terrazas (18 metros cuadrados aprox) al que solo podríamos acceder mi vivienda o la de al lado.

Obviamente, esa terraza sigue siendo comunitaria, sin embargo, ahora solo pueden acceder 2 viviendas, podrían denegarme el acceso a esa terraza o realizar una obra en ella de forma que no se pueda caminar sobre ella (en la parte de abajo hay un local que lleva más de 15 años con problemas de filtraciones y creo que quieren taparla). A mi me gustaría plantear un arreglo tras el cual pueda seguir usando esa terraza tanto yo como mi vecino, ya que aunque al resto les ha quitado sus terrazas, a nosotros dos no.

¿Puedo yo exigir mi derecho a seguir usándola incluso cuando se han tirado el resto de terrazas?

2 respuestas

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Dice podríamos acceder; ¿Ahora no puede hacerlo?

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Busca los estatutos del edificio y mira si cuando habla de la terraza pone algo de uso privativo por tu vivienda.

Buenas noches Rober... "busca los estutos..." no pides nada tú... donde los podría encontrar?
En cualquier caso, como comentaba, las terrazas antes eran "públicas", es decir, cualquier persona podía acceder a la terraza porque simplemente permitian el acceso a otra puerta del edificio... Son unos edificios un tanto raros, la verdad es que no he visto esas terrazas en ningún otro sitio (mejor que las hayan tirado aunque no pueda acceder al trozo que me ha quedado delante).

Te adjunto una imagen de otro edificio que es igual. así eran las terrazas antes, se tiraron pero en la parte donde hay locales abajo (o garajes en este caso), queda una terraza que se podría aprovechar.
Gracias por tu tiempo Rober

Acude al registro de la propiedad. Allí tendrán una copia.

Se trata de saber si se ha modificado algo después de la obra. Ya que puede ser que sean propiedad de la comunidad y de uso publico o de uso privativo.

En definitiva se trata de saber quien es el propietario, que con toda seguridad es la comunidad, y que uso ha decidido el propietario hacer de esa parte del edificio. Según esta en la foto, el uso sería publico, ya que no esta limitado a solo propietarios, como puede ser una terraza en el tejado de la casa con puerta de acceso. Por lo tanto en función de lo que este recogido en los estatutos y si ha sido modificado podrás o no hacer uso de la misma.

Otra cosa sería si les propones a los vecinos la reparación y mantenimiento de la misma por tu cuenta a cambio de la cesión de uso privativo. Pero que la arreglen a tu gusto para que la sigas usando, es algo que tendrás que convencerles.

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