Oficios de remisión y oficios de omisión.

Estoy estudiando los documentos administrativos, y no entiendo bien la diferencia entre, oficio de remisión, y oficio de emisión.

Yo entiendo que el de remisión, es un documento administrativo de carácter interno, para comunicación interna, y el de emisión, es aquel dirigido al ciudadano.

¿Estoy en lo cierto?

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Los oficios de remisión son las actas de constancia de que tal comunicación ha sido entregada a su destinatario. Un oficio es lo más bajo del escalafón legal administrativo, meras comunicaciones de correos. Si te han dicho oficio de emisión como parte de algo que tengas que estudiar, es que se lo ha inventado tu profe.

Ok, muchas gracias. 

Entonces, es un documento administrativo que es un comprobante básicamente. 

Y por tanto es un documento de uso interno solo. 

Nunca se va a enviar un oficio de remisión a un ciudadano. 

Estoy estudiando por mi cuenta. 

No hay profes. 

En el temario pone que en los documentos que se la Administración puede dirigir al ciudadano, está el oficio. 

Y de ahí he sacado que es otro tipo de oficio. 

Los oficios son comunicaciones entre la Administración. Jamás entre la Administración y el administrado. Todas esas comunicaciones tienen a pie la palabra "remitido", que no es más que un acuse de recibo para uso interno.

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