Notificaciones del Ayuntamiento por exceso de velocidad irregulares.
El Ayuntamiento en el caso de notificaciones de sanciones al presunto infractor . Antes, hace tiempo las notificaba conforme a derecho . Por correo certificado con acuse de recibo .Enviando 2 certificaciones en días diferentes . En el supuesto de estar ausente y por tanto no ser entregada para su recepción por el infractor o familiar directo. Desde un tiempo a esta parte para las notificaciones el Ayuntamiento contrató una empresa de gestión privada . Esta empresa, se salta el procedimiento legalmente establecido pues en vez de notificar de forma fehaciente como antes hacia el Ayuntamiento . Envía las notificaciones a través de sus empleados . Y los mismos, en el supuesto de que no haya nadie en la vivienda para recoger y firmar dicha notificación la dejan en el buzón del presunto infractor. En otros casos, vecinos han visto que no iban a la puerta del infractor pues directamente las metían en los buzones . Le paso a un vecino que alguien de la Comunidad o bien le quitó la notificación de su buzón o por error el empleado/a. De esa empresa la metió en otro buzón . Pues este vecino después de 20 días encontró en su buzón la notificación de denuncia por exceso de velocidad. El documento estaba abierto y manipulado, por lo tanto, otro vecino lo leyó lo tuvo en su poder y luego decidió meterlo en el buzón del vecino a que iba dirigido. El presidente de la comunidad le dijo al vecino que no hiciese caso a dicha notificación . Por no ser entregada de forma fehaciente . Y que además podría presentar ante la Agencia de Protección de datos una denuncia . Pues dicha notificación probablemente de forma no procedente llegó al conocimiento general de varios propietarios . Al menos uno tuvo constancia de ello. La pregunta, Es cierto que la ley de Tráfico exige una comunicación del recibí de forma fehaciente . Certificado por Correos con acuse de recibo. Por lo tanto de ser así esa comunicación es nula ... El vecino puede o debe presentar denuncia en la Agencia de Protección de Datos. El presidente le dice al vecino, hasta que el Ayuntamiento te notifique fehacientemente o esa empresa te haga la entrega en mano no les hagas puñetero caso. También le dijo que había una sentencia del Tribunal Supremo en la cual no validaba las comunicaciones en casos de vía civil, penal u otra . Al estar ausente en la vivienda dejando por debajo de la puerta un aviso del cartero de correos . Pues de esta forma está claro que las notificaciones echadas en el buzón pues son nulas . Es así ...
Pero ojo, si el vecino ha abierto una carta suya depositada en su buzón, creo que poco va a poder rascar via penal ya que entiendo que ese vecino no a hurgado en su buzón, ni ha pescado en él tampoco ni nada similar. Por lo que se puede deducir un error en el obrar de su vecino atendiendo que ha entendido que la carta al estar en su buzón es suya. - Jota Ig Ro
Así me gusta, hay que tener la defensa preparada antes que nos imputen. - Rober Chispas