A quién le corresponde el arreglo avería calentador

A mis inquilinos le pusimos un calentador nuevo hace tres o cuatro años y ahora resulta que cuando lo enciende hace como una explosión, ¿a quién le corresponde el arreglo a los inquilinos o a mí como casera? Aunque en el contrato dice que el mantenimiento le corresponde a los arrendatarios.

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No habiendo ninguna clausula firmada, si un calentador falla por viejo y la reparación no compensa la renovación del mismo, le corresponde al casero. Si el calentador esta en buen estado y es una reparación menor le corresponde al inquilino. Con esa clausula que comentas que entiendo han firmado los inquilinos al entrar a vivir en la vivienda, aun esta más claro, les corresponde a ellos pagar la reparación, de todas formas un calentador de más de 10 años con una reparación mayor ya seria motivo para sustituirlo a coste del casero. Con esa clausula firmada o no.

Ah, cuando hace una especie de explosión el calentador es por que al encender hay una acumulación de gas, que puede ser provocada por varios motivos:

-1 Exceso de presión de gas / potencia de encendido muy alta (no lo creo por que ha funcionado hasta ahora)

-2 válvula de gas deteriorada. (No creo que sea eso)

-3 Quemador sucio (sale el gas por donde no esta la llama, se acumula gas en la cámara de encendido y cuando enciende hay una gran acumulación de gas y hace la explosión) Si es esto, se puede mirar si la llama es azul (bien) o es más tirando a roja/anaranjada (mal) y si sale homogénea por todo el quemador, sobretodo por la zona donde hace la chispa.

-4 Electrodo de chispa mal colocado o esta sucio y no hace bien la chispa.

Yo empezaría por el 3 y 4, pero de todas formas no debería ser una reparación cara.

No es viejo, se lo cambiamos hace entre 3 o 4 años como mucho. Lo que dice en el contrato exactamente: "Todas las reparaciones y obras que hayan de realizarse en la vivienda como consecuencia del uso ordinario de la vivienda será por cuenta del arrendador salvo las que legalmente le correspondan al arrendador".

Muchas gracias por las explicaciones de la acumulación del gas, las tendré en cuenta y estudiaré todo las posibilidades. 

Disculpa, la frase del contrato o esta mal redactada o te has equivocado, revisala:

"Todas las reparaciones y obras que hayan de realizarse en la vivienda como consecuencia del uso ordinario de la vivienda será por cuenta del arrendador salvo las que legalmente le correspondan al arrendador".

¿Realmente pone esto en el contrato?

Si es así, dice que el propietario reparara todo excepto lo que le corresponde legalmente reparar.

Parece un contrato redactado por Groucho Marx (sin intención de faltar al respeto)

Supongo que en el contrato pone esto, ¿puedes confirmarmelo?

"Todas las reparaciones y obras que hayan de realizarse en la vivienda como consecuencia del uso ordinario de la vivienda será por cuenta del arrendatario salvo las que legalmente le correspondan al arrendador".

Lógicamente es un error, está perfectamente redactado, es lo último que has expuesto: en el primero es arrendatario, no arrendador, es decir te confirmo que es tal cual, lo último escrito por ti.

Entonces es lo mismo que dice la Ley, que el arrendador se encarga de la renovación de calderas y demás instalaciones de la casa en el momento en que se han quedado obsoletas y la reparación seria muy cara o ya no hay piezas dado que a partir de 10 años los fabricantes no están obligados a tener recambios para reparar. Y las reparaciones habituales de mantenimiento, se encarga el arrendatario.

En este caso es claro que la reparación es por mantenimiento y se debería encargar el arrendatario.

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Si en el contrato pone que el mantenimiento le corresponde a los arrendatarios, lo tiene usted muy fácil, pues que lo arreglen ellos.

Si esa cláusula no existiera, le correspondería a usted

¿Porque me correspondería a mí si no existiera? Lo que existe es que los gastos producidos por el uso de toda la vivienda les corresponde a los inquilinos, no exactamente al calentador, ¿en qué articulo se basa?

No confundamos sobre el tema de" existir", cuando dije existir, me refería a que usted dice que " el contrato dice que el mantenimiento de todo le corresponde a los arrendatarios,, y a eso me refería, a que existe esa clausula en vuestro contrato.

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