Unir locales comerciales in licencia de obras y sin permiso de las comunidades
Os comento un poco este tema de la unión de los locales a ver que os parece.
Somos tres comunidades implicadas cada una de ellas con un local, en Barcelona.
En 2019. Una academia de enseñanza, compra un local en cada una de las 2 comunidades y alquila el tercer local de la tercera comunidad.
Ha unido tanto en la planta baja como en el sótano, los 3 locales para tener uno solo, esto implica haber realizado aperturas o huecos para pasar de un lado a otro o lo que es lo mismo entre las 3 comunidades, se han realizado aperturas en los muros divisorios entre comunidades y si no me equivoco estos son de carga, a parte han puesto un ascensor que baja a la planta baja y varias escaleras a lo largo de los locales para bajar al sótano, con lo que han perforado el forjado que entiendo es comunitario.
Todo esto sin pedir permiso a las comunidades implicadas, da la casualidad que el administrador de las comunidades es el mismo en las tres comunidades, no se puede contar con ellos, es más, en mi comunidad, un grupo de propietarios estamos trabajando para cambiarlo por todo lo que ha hecho a lo largo de los años.
Por si fuera poco, las máquinas que ha metido esta academia, molestan a algún vecino del primero sobre todo a la hora de dormir ya que se percibe el ruido o vibración de la misma.
El propietario del local, solicito en mayo de 2019, licencia de obras, cuando ya tenía las mismas a más de la mitad ejecutadas, según el proyecto de obra, el Ayuntamiento le deniega la licencia porque incumple el articulo 21.2 del plan especial de protección de la calidad urbana del 26 de febrero de 2016 y que hace referencia a que no se permite la unión de locales según determinadas circunstancias.
El propietario, presenta alegaciones en el miso 2019 y en junio del 2020, el Ayuntamiento en principio viendo las alegaciones del propietario, hace firme la declaración de ineficacia, advirtiendo que el propietario no está autorizado a realizar las actuaciones descritas, en el 2020, el propietario tiene más que acabadas la obras y la academia está funcionando.
La pregunta, es si a parte de que por normativa pueda o no pueda unir los locales, puede hacerlo sin el consentimiento de las comunidades de propietarios, ya que entiendo que se tocan, eliminan o modifican elementos estructurales que son comunes, en caso de que precise autorización, esta debe de ser por unanimidad o no.
Soy presidente de una de las comunidades, he intentado solicitar cita con el departamento de servicios técnicos del Ayuntamiento, y no hay manera, con la excusa del COVID, lo único que te ofrecen es una llamada telefónica, y de la cual no aclaran nada, diem que el expediente aún esta abierto y les pregunto si el propietario desde la declaración de ineficacia del 22/06/2020 ha presentado alguna alegación nueva y me dicen que no, entonces que razón hay para decir que el expediente esta abierto, vamos que al Ayuntamiento no le importa este tema, se incumple la normativa, se realizan obras de calado sin la licencia de obras correspondiente, etc. Etc.
Me gustaría conocer vuestra opinión para saber si al menos precisa de permiso de las comunidades y si es por unanimidad o no.