¿Puede el arrendador desgravar la compra de una televisión?
He comprado una lavadora y una televisión para un piso que tengo arrendado y mi duda es si puedo desgravar la TV al igual que la lavadora. Y en caso afirmativo, quisiera saber si he de incluirlo en el apartado: "Amortización de los bienes muebles cedidos con el inmueble" o en otro.
Y una segunda pregunta. Compré parqué laminado y lo instalé yo mismo. ¿La factura del parqué va en el apartado de gastos o en amortizaciones?
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Respuesta de Pedro abogado