Caso 96 de la casos de valoración aduanera
El agente de ventas “A” en el país “B” importó el 2 de marzo un envío de calculadoras en consignación, cobrando un 10% de comisión al vender las mercaderías. El 10 de abril, el agente vendió las calculadoras al precio de US$ 5.00 con embalaje incluido. Los datos inherentes a la importación son: Flete y seguro marítimos US$ 0,11 Gastos hasta FOB en el país de exportación US$ 0,04 Gatos generales US$ 0,06 Derechos de aduana liquidados 16% El 15 de abril se importó un nuevo envío de calculadoras en consignación con destino al agente “A”, en las mismas condiciones que el anterior. El precio declarado para la valoración es de US$ 3,00 CIF puerto de importación del país “B”, que incluye flete y seguro marítimos (US$ 0,11) y gastos FOB por US$ 0,04. ¿Cuál es el valor deducido del segundo envío si no puede determinarse ningún valor de transacción, considerando que el país “B” aplica el valor en aduana sobre base CIF?
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