Hemos reparado en una bajante de una galería comunitaria

Se ha reparado la bajante la cual hemos tenido que romper azulejos y mi pregunta es estamos obligados a volver a chapar la pared en su momento no estaba chapada fue cosa del propietario

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El artículo 9.1.c de la Ley de la Propiedad Horizontal dice que es obligación de los propietarios:

"c) Consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble y permitir en él las servidumbres imprescindibles requeridas para la realización de obras, actuaciones o la creación de servicios comunes llevadas a cabo o acordadas conforme a lo establecido en la presente Ley, teniendo derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados"

Es decir, que su vecino tenía obligación de permitir que se repara la bajante desde su vivienda, entendiéndose que era necesario romper la pared, pero que tiene derecho a ser resarcido por los daños ocasionados (la rotura de las baldosas, en este caso).

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Normalmente el que rompe paga.

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Si un vecino del piso superior tiene una fuga de agua e inunda la vivienda de abajo y destruye el sofá, la excusa de no pagarlo porque antes no existía es totalmente pueril

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