¿Que opciones hay para vender una parte de una herencia?

Hemos heredado entre cuetro hermanos y a partes iguales dos viviendas y un terreno, con una de las viviendas, la que usábamos para veraneo, fines de semana y puentes, tenemos diferencias. Yo no quiero quedarme con ella y me gustaría venderla. Mis hermanos quieren quedarsela y aunque dos de ellos me han ofrecido dinero por mi parte el otro dice que no pone ni un euro.

He leído que podría solicitar ponerla en subasta pública, ¿Cómo funciona eso?

También he leído que hay empresas que se dedican a la compra de participaciones de herencias, ¿Conoces este sistema?

¿Se pueden poner ha hacer reformas en la vivienda sin mi consentimiento?

¿Si obtengo una oferta para la compra de mi parte tengo que ofrecérsela a mis hermanos antes de acordar nada?

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Cuando yo entre en esta pagina fué por un motivo muy similar, la pregunta está en mi perfil un piso que en un principio se puso en venta, pero luego uno de los hermanos lo llevó a subasta judicial .División de la cosa .

De momento cuando te citan en el Juzgado te quedas mal, luego te sobrepones porque es algo que tiene solución tardó en un año la subasta, si te interesa alguna vivienda puedes pujar y luego si te quedas con ella puedes venderla, si no la quieres y sale a subasta tienes que pujar igualmente si no te quedas con menos dinero .

Si uno de los hermanos tiene mucho dinero y quiere las propiedades la subasta es la mejor forma de quedarselas.

Pujar es fácil aunque mejor es tener un abogado o procurador con, conocimientos en subastas, yo al final hice una puja y cuando me disponía a mejorarla ya había una cifra para mi satisfactoria y me planté cada uno de los hermanos tiene que tener sus abogados si tres hermanos están de acuerdo con un abogado .

Luego la minuta del abogado ya hay que tratarla,

Siempre es mejor ponerse de acuerdo todos y no acudir a la subasta .

Que sería la mejor opción al final

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Contesto a sus preguntas por orden:

1. Tienen que acudir al juzgado para solicitarla, será un pleito largo y caro, de esos que luego se acordarán de la maldicion gitana “pleitos tengas y los ganes”

2. Si existen empresas que se aprovechan de esas circunstancias para adquirir a bajo precio participaciones hereditarias

3. No

4. Efectivamente

Muchas gracias por responder tan rápido.

Tengo alguna duda más.

En caso de que yo solicite la subasta pública ¿Me tengo que hacer cargo del 100 por 100 de los gastos que el proceso conlleve?

Por otro lado. ¿ Puedo, de alguna manera, solicitar el cierre de la vivienda para evitar la mayoría de gastos que tiene?

Si no puedo impedir su uso ¿Estoy obligado al pago de los gastos que se generen por su uso? Luz, agua, gas, seguros...

¿Si consigo que me firmen un documento que me libere de gastos, este sería totalmete legal ante cualquier situación?

¿Incluso en caso de algún tipo de accidente?

¿Cree que la firma de un documento así sería una solución adecuada?

Muchas gracias de nuevo .

Vuelvo a contestar por orden:

1. Normalmente se repartirá entre todos el gasto, salvo que el juez considere otra cosa, al final le dejo un enlace cuya lectura le puede servir de aclaración.

2. En teoría esa vivienda no puede usarse sin acuerdo unánime de los condueños.

3. Es que puede impedir su uso acudiendo al juzgado.

4. Dependerá del rigor jurídico de ese documento

5. Me remito a 4

6. Si. Siempre que se haga con la debida solemnidad, ante notario o ante el juez, en conciliación

https://www.pedrohernandezabogado.com/2014/09/la-costas-procesales-en-la-extincion-de.html 

Hola nuevamente.

En relación al hecho de que la vivienda no puede usarse hasta llegar al acuerdo. ¿Hay algún artículo del código que corresponda que yo pueda leer y presentar en la negociacion con los demás propietarios?

¿O todo pasa por que vaya yo al juzgado para denunciarlo?

Un saludo.

Léase el art 398 del código civil

El artículo 398 indica claramente que las decisiones son por mayoría y no por unanimidad. Por lo que en este caso va en contra mío, ya que son 3 contra 1

Mayoría para las decisiones de administración, siempre que no perjudiquen a uno de los condueños. La utilización privativa, en mi opinión, no puede acordarse por mayoría.

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"Mis hermanos quieren quedarsela y aunque dos de ellos me han ofrecido dinero por mi parte el otro dice que no pone ni un euro".

En ese caso una opción es que, si los valores de los inmuebles son similares o si hay dinero en efectivo, traten de hacer un reparto acorde a sus intereses en la misma escritura de adjudicación y partición.

Si finalmente no lo hacen todos los bienes que enumera permanecerán en situación de proindiviso, lo cual en la práctica diaria suele aparejar con el tiempo múltiples problemas a los copropietarios.

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