Contrato de reserva o de arras para compra de vivienda de segunda mano?
Tenemos apalabrada la compra de una vivienda de segunda mano, y se iba a firmar la compraventa esta semana, pero resulta que el vendedor tiene la cédula de habitabilidad caducada, y se ha tenido que retrasar la firma entre dos o tres semanas, porque es lo que tardan en darles la renovación. Es un edificio de 18, por lo que no hay problema en poder renovarla. La cuestión es que a día de hoy pueden faltar entre una y dos semanas para que se la den porque les han dicho que tardarán, y por ello nos piden hacer un contrato de arras. La compra venta se hará en el notario,. Que ya tiene todo preparado a falta de la cédula que les falta, pero el contrato de arras que piden lo haríamos a título particular entre los vendedores y nosotros. He empezado a ver modelos de contrato y me he encontrado con que hay contrato de arras y de reserva. Yo realmente lo único que me parece bien a estas alturas de la venta sería hacer algo en concepto de reserva, pero me da miedo hacer de arras y que pongamos algo mal y que luego haya problemas, o lo mismo con el de reserva. Yo sigo pensado que mejor ir directos a la compraventa con el notario,. Pero dicen que si tarda la cédula nos ponemos en vaciones de verano y que necesitan tener una seguridad.
Qué me. ¿Recomiendan hacer? Contrato de reserva, de arras, ¿o ninguno e ir directamente a lamfirma de la compra venta? Me piden el 5% del valor del piso a ingresar en su cuenta bancaria.
Agradeceré si alguien me ilumina un poquito sobre que me conviene más.