¿Es legal que te impidan la entrada al gimnasio aún cunado has pagado el mes y éste no ha terminado?

Pregunto porque en mi gimnasio suelo pagar en efectivo a final de mes y no poniendo mi cuenta. A día 25 del mes (ya pagado) me detuvieron el paso y cuando pregunté a la chica ésta me dijo que o ponía mi cuenta o tenía que pagar el mes siguiente. Me pareció absurdo que debiéndome el gimnasio aún el resto de días del mes no me dejaran entrar cuando siempre había pagado a últimos de mes el mes siguiente. Puse una nota de reclamaciones tras pagar el mes siguiente (y pedir ticket y comprobar que me dejaban el paso) pero sinceramente quiero poner una reclamación en consumo porque quizás el gimnasio no haga mucho caso, aunque tengo entendido que debo esperar a diez días a su resolución. Así pues, ¿es legal hacer eso?

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De su mensaje, interpreto que usted paga en efectivo a mensualidad vencida. Es decir, que paga por el mes que ya está finalizando. Eso es irregular. La cuota del gimnasio se paga por adelantado. Imagino que es por eso que ahora le exigen que indique una cuenta (o que pague en efectivo por adelantado), para así poder cobrar cuando corresponde y no cuando a usted le parece más oportuno.

A pesar de lo anterior, si el 25 había usted abonado la cuota del mes (aunque fuera con retraso), deberían haberle dejado entrar. No obstante, sí le podían indicar que a partir del mes siguiente no le permitirían el acceso si no abonaba la cuota a principios de mes.

No, pago siempre ANTES de que empiece el mes, es decir, a final de mes. Nunca entro al gimnasio a inicios del siguiente mes sin haber abonado la cuota. Eso, y que no es la primera vez que me han dado problemas incluso a mitad de mes por no tener la cuenta.

Además yo misma pregunté en recepción si debía pagarse a finales de mes (es decir, si ahora estamos agosto, septiembre se pagaría en agosto) o a principios (septiembre se paga en septiembre), y me dijeron que lo primero. Si yo tengo pagado mi mes de agosto (que pagué a finales de julio) no le veo el sentido a no dejarme pasar teniendo abonada la cuota de agosto porque tenga que pagar el siguiente mes (septiembre), en todo caso coincido con usted en que si llegaran inicios de septiembre y yo no hubiera abonado mi cuota, lo lógico es no dejarme pasar, pero no cuando el gimnasio me debe todavía días hasta terminar el mes, o al menos eso entiendo yo.

Entonces he entendido mal. Si usted paga por adelantado, no hay razón para que le impidan el paso. Eso está claro. Otra cosa es que no acepten pagos no domiciliados, cosa que debería estar acordada en el contrato. Pero en ese caso, no pueden estar aceptando sus pagos e impedirle el paso.

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