Estoy en trámites para vender una cosa pero faltan papeleos.. Mientras tanto quiero alquilarlo pero sin la obligación de 5 años

Quiero alquilar mi casa mientras arreglo papeles para venderla y me gustaría alquilarlo sin la obligación de los 5 años.. Creo que la única manera es buscando una persona que entre por ta de trabajo o estudiante, haciéndole un contrato especial de desplazamiento temporal… me gustaría saber si esa es la única alternativa que tengo y en su casa, qué requisitos necesito, y si una inmobiliaria me podría buscar esas personas o como hacerlo.

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Mari Baro Rodri,

La LAU establece un plazo mínimo para los contratos de alquiler de viviendas habituales que es de 5 años, y a eso se refiere la consulta. Así que el consultante no puede alquilar de esa forma "hasta la venta", como usted indica, porque no podrá vender antes de los 5 años, que es precisamente lo que a él le interesa. Quiere poder vender libremente antes de ese plazo, cuando resuelva los papeleos que tiene pendientes.

Lolo Fernandez

En efecto, deberá buscar otro tipo de contrato que no sea de vivienda habitual. Y por supuesto que una agencia inmobiliaria puede ayudarle a gestionarlo convenientemente.

Mari Baro Rodri

Me parece que no ha leído detenidamente mi mensaje.

Le he indicado que la LAU establece un plazo mínimo para un alquiler de VIVIVENDA HABITUAL. Por tanto, si el consultante quiere poder vender antes, no puede firmar un contrato de ese tipo. Existe la alternativa de firmar un contrato de arrendamiento de temporada, por supuesto, pero hay que tenerlo muy en cuenta para no cometer un error y tener que soportar al inquilino durante 5 años. En ese tipo de alquiler entran los que usted comenta para los estudiantes o los de uso vacacional.

Simplemente he puntualizado que su respuesta, tal como la ha ofrecido, no se ajustaba a la realidad y podía confundir al consultante. No se le puede decir simplemente que puede alquilar tranquila y libremente hasta que venda, porque no es verdad. O, al menos, no es toda la verdad.

En efecto puede alquilar hasta la venta, teniendo muy en cuenta el tipo de contrato que vayan a firmar, que no podrá ser de vivienda habitual.

Hay algún tipo de contrato donde no esté obligado a los 5 años o en TODOS los tipos de contrato estoy obligado a renovar por 5 años si la otra parte lo desea…"
A esa pregunta ya le he dado la respuesta. El contrato de arrendamiento de temporada.

Quería confirmar si esa era la única forma y en mi pregunta también pedía información de qué requisitos necesito.. si tengo que aportar documentos, contratos laborales que justifiquen la temporalidad del inquilino.. no me queda claro si yo con un contrato normal de 1 año por ejemplo, después de ese año no quiero alquilárselo a nadie si la ley me obliga a renovar si el inquilino así lo quisiera…

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El Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, que es la ultima modificacion que han hecho a la LAU, en el art 9 dice: "La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si esta fuera inferior a cinco años llegado el día del vencimiento del contrato, este se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años.

Por lo tanto, entiendo que se puede hacer un contrato de 1 año que se renovaran anualmente.

Eso es lo que estoy preguntando, si puedo hacer otro tipo alquiler que no me obligue a los 5 años.

Buscando otro tipo de perfil que se ajuste a los tipos de contrato que hay sin esa obligación.. yo puedo alquilarlo durante 1 año o 6 meses o 2 años pero tengo la obligación de si el inquilino quiere, renovárselo 

No es otro tipo de contrato. Es el contrato normal de vivienda habitual. De acuerdo a esa ley, la duración es anual. Yo creo que deberían hacerlo por 1 año y si ambas partes quieren continuar, pues hacer otro contrato por otro año.

Hasta ahí no es nada nuevo… estoy preguntando si hay otro tipo de contrato donde no haya obligación de tener que renovar si así lo desea el inquilino… contrato por desplazamiento laboral, siendo diferente a la vivienda habitual… un puesta y de trabajo donde se tenga trasladar 6 meses etc.. o un profesor que tenga que cursar un curso entero y después se va… mi pregunta es si, hay algún tipo de contrato donde no esté obligado a los 5 años o en TODOS los tipos de contrato estoy obligado a renovar por 5 años si la otra parte lo desea…

La renovación del contrato es voluntaria entre ambas partes. No están obligadas a renovar.

El contrato normal de alquiler dice que la duración se pacta entre las partes. No están obligados ni a renovar ni a que sea por 3, 4 o 5 años.

Si viene una persona que dice que la necesita por 6 meses y a ud le vale, pues le hace un contrato por 6 meses, por más que la ley diga que debe ser anual.

¿cuando es pactado por las dos partes? En un contrato normal? O sea que si yo le hago a mi inquilino 1 de contrato y el lo acepta, si después yo no quiero seguro alquilándolo, estoy en mi derecho? Eso no era así hasta ahora no? 

La nueva ley de arrendamientos se modificó supuestamente para beneficial al inquilino y si bien reza que el plazo del arrendamiento se pacta libremente entre las partes después se contradice al fijar 5 años. Pero el inquilino puede no renovarlo. Hay excepción para que el propietario pueda alquilar por menos tiempo y es que en el contrato diga que después del 1er año necesitará la vivienda para si mismo o un familiar, sin estupular cuando y el inquilino deberá marcharse, habiaendole avisado 2 meses antes. Esta clausula puede serle útil pero también peligrosa si el inquilino es belicoso ya que puede reclamarle que no fue lo que sucedió.

Por lo tanto, analizando las opciones de esta ley y para evitarse posibles problemas, si el contrato lo hace de alquiler temporal se evita los 5 años que mencionamos y es legal.

El problema es que el inquilino puede necesitar justificar su residencia habitual y un contrato temporal no lo hace. De ahí que pueda no ser apta para la mayoría de los posibles inquilinos. Además le crea una inseguridad de cuanto tiempo podrá estar.

¿Ud sabe en cuanto tiempo podría llegar a venderla? Si es menos de 1 año, esta opción temporal es la única.

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¿Será una casa? ¿Y si es una casa quiere alquilarla? Usted puede alquilar hasta vender, puede alquilar incluso con derecho a venta una nueva forma de pago .

Lo importante es siempre dar con buenas personas a tratar .

Pues yo acabo de comprar un dúplex primero lo alquile ! Como piso para el verano y ahora lo compre y no hace los 5 años ! Luego están los estudiantes que alquilan por temporadas o curso y a eso me dedico yo .

De momento tengo a una persona en un piso alquilada hasta que le reformen su vivienda, Y otra por temas de trabajo no estará los 5 años .

El dúplex lo alquilaba todo el año con la condición que al final era comprar y así sucedió sin problemas del tiempo, por eso digo que hay que tratar con personas de bien .

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Otra respuesta de la gilip pu... Vieja ANALFABETa inculta hija de P.. de Sabella B.

No tienes ni puta idea de nada pero aquí sigues respondiendo inútilmente a todo tipo de preguntas.

Ah y luego sí! Eres experta en hacerte la víctima y la pobrecita mandando mil mensajes al admin de la página quejándote de mis insultos jajaja.

Fíjate oye que cosa más curiosa : son las consecuencias por insultarme, intentar humillarme junto con el mono Lorenzo y la otra Gilipollas mona TERCEMUNDISTA de la selva desde enero hasta marzo del 2021.

Ah por cierto pu.. vieja por no presentarte a la citación judicial el día 7 de sep,. Ya tienes también otra denuncia y tienes que pagar la correspondiente sanción je je,

Además ya te llegó la cartita con la nueva fecha para el juicio que tienes por las denuncias que te pusimos je je,

¿Te vas a presentar aquí en Plaza de Castilla o no?

Tú misma, según mis abogados más tienes que perder y más vas a pagar jejee,

Que raro que la policía de Orense a la que según tú fuiste a denunciarme a mí por mis insultos, ¿no te informara? Uhm

Que misterio más grande oye je je.

Venga ahora te cambias y te pones tú nombre completo ja ja,

Pero aquí sigues p. Vieja ANALFABETa diciendo cosas sin sentido, ¿qué hasta que no cierren la mierda página esta no vas a salir de aquí?

Pues también estoy en ello, tranquila que ya lo conseguiré.

Anda valiente jajaja que te cagaste encima y no viniste a la citación ja ja.

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Jajak la gilip de Sabella otra vez demostrando su analfabetismo respondiendo sin tener ni idea de nada.

A ver cuándo ponen ya la eutanasia obligatoria aquí en España para personas de 80 años .

Y así no hay que mantener y aguantar en la sociedad a mierdas como Sabella que poco le falta o ya tiene esa edad.

La cobardita que no sabe ni andar para delante sin el marido que la mantiene a la marujona, pero por aquí se puso muy valiente con Kira y demás,,

Que ganitas tenemos de verte en persona, que no te va a servir ni el gordo calvo ese, ni tu hijo que está aquí en Madrid a 600 km de Galicia para no aguantarte .

Jeje.

No te va a hacer falta la Eutanasia no jejr

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