Mi madre no ha designado a mi y a otra hermana curadoras de mi hermana con síndrome de Down cuando ella fallezca.

Puede que otro hermano que no está en el testamento también quiera ser designado curador a pesar de que a nosotras no nos interesa porque todos nos llevamos mal con él y con su esposa.

¿Una vez que hay testamento que es lo que hay que llevar al registro para registrar la cúratela?

¿Es necesaria la intervención de un juez?

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Estos temas son complejos, más desde la última modificación legislativa, por lo tanto, deben ponerse en manos de un abogado que les ayude.

Si su hermana con capacidades especiales es mayor de edad, es posible que ahora tengan que solicitar al juzgado que se modifique la ampliación de la patria potestad que seguramente tiene su madre sobre ella.

En cuando a lo que haya que hacer una vez fallezca su madre, no está del todo claro en la nueva legislación, pero es previsible que si necesiten la intervención de juez para la aceptación de la herencia de su madre por parte de su hermana y que tengan que dar cuentas anualmente de su gestión al juzgado.

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Tu madre no puede designar a nadie la tutela legal de tu hermana, eso a de hacerlo un juez.

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