Soy legataria y la heredera tiene Alzheimer

Falleció mi tía y me deja su casa como legataria y a mi madre como heredera el resto de sus bienes. El problema es que mi madre está en cama con Alzheimer severo y muy avanzado. No se ha hecho tutela además y no me lo aconsejan en notaría pues llevaría mucho tiempo. También en la notaría me informan de que falta una coletilla que ahora sí redactan en los testamentos pero que hace varios años no ponían. Así que debe ser mi madre quien me ceda esa casa que me deja mi tía y que obviamente no puede. Por otro lado tengo tres hermanos más y en particular no hay buenas relaciones debido a que se desentienden de mi madre y que no van a firmar nada en caso de que sea necesario... Pues supongo que al no poder decidir mi madre ellos tendrán algo que decir. Aún así, mi pregunta es, ¿cuál sería el siguiente paso lógico a dar? ¿Qué ocurre si fallece mi madre? ¿He dejado ya de ser la legataria de la casa?

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Laura hay que distinguir dos cosas, la primera usted es legataria de un bien lo cual ese bien es suyo por que lo ha adquirido por testamento de su familiar, con respecto a los bienes adquiridos por su madre como heredera ocurre una cosa cuando fallezca ( ojala sea de aquí a mucho tiempo) si existe testamento habrá que ver en que momento lo redactó y ver la parte legitima que le corresponde a usted y a sus hermanos, con las mejoras correspondientes que ella estableciese y las parte de la libre disposición. En caso de no existir testamento corresponderá la legitima que por ley les pertenece tanto a usted como a sus hermanos.

Estamos a tu disposición para lo que necesites no dudes en consultarnos [email protected].

Gracias por su respuesta. Pero el problema que tengo es según la notaría que mi madre debe cederme ese inmueble a mi y no puede firmar aceptación de herencia. Esta todo muy complicado, mi pregunta es, deben ser is hermanos quien me la cedan? Si fallece mi madre , esa casa pasa a ser de todos los hermanos? No sé, la casa está ahora mismo en el limbo.

Para que se pudiese aceptar la herencia podría ser por un procedimiento judicial denominado expediente de jurisdicción voluntaria, el único requisito es que ha de ser solicitado por el tutor o curador de la persona incapaz, quiere decirse que debería de solicitar previamente la incapacidad de su madre y su correspondiente tutela o curatela, salvo que usted tenga un poder notarial previo a la enfermedad que le otorgue poderes, con respecto al fallecimiento, a cada heredero os correspondería la legitima, (también habrá que ver si su madre tiene testamento hecho y ver si hay alguna mejora para usted)

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