Que tengo que tener en cuenta metros construidos o metros útiles en la venta de piso de VPO?

He heredado una casa de VPO de promoción pública en la comunidad de Madrid. La casa no está descalificada. En el baremo que la comunidad de Madrid me da para saber el tope de venta por metro cuadrado no me específica si es por metro construido o por metro útil, ya que el piso tiene 107 metros construidos y 93 metros útiles, con lo que la diferencia de precio de venta varía mucho de una referencia a otra. ¿A cuál tengo que acogerme para cumplir con la legalidad?

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Según la ORDEN116/2008, de1deabril, de la Consejería de Vivienda de Madrid, la medida a tener en cuenta es el metro útil.

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