Soy inquilino y pretenden cobrarme la escalera

Mi casero parece que falleció hace año y medio aproximadamente (nadie me ha hecho un comunicado fehaciente al respecto) y como no tenía domiciliado el pago de la escalera la deuda asciende a tres mil euros. Yo he seguido ingresando mi alquiler a la cuenta bancaria de mi casero y estoy al día en todos mis pagos pero hasta ahora no ha aparecido ningún heredero. La comunidad de propietarios me envía un burofax con una relación de la deuda y amenazándome con una demanda porque pretenden que yo pague dicha deuda de la comunidad. Tengo mi contrato totalmente legal y pasado por la Conselleria correspondiente de la Comunidad Valenciana y en dicho contrato establece que tanto el pago de la escalera como el IBI van por cuenta del propietario. Entiendo de esa demanda no tiene recorrido pero quisiera la opinión de un experto para saber qué pasos he de seguir. Agradezco de antemano cualquier atención y envío a todos un saludo cordial.

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La reforma o arreglo de la escalera le corresponde al propietario o su heredero, tu solo tienes que pagar el alquiler y la lpueza de escalera y ascensor, nada más

Muchas gracias por tu comentario. En realidad lo que me piden es justamente el pago de los mantenimientos generales o sea el pago de la comunidad. Mi contrato de alquiler establece que solo paga el dueño del piso. Agradezco mucho la buena intención de tu comentario pero no es un asunto de reformas sino de gastos generales.

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Efectivamente, hay una excepción de falta de legitimación pasiva, tu no eres el obligado al pago de los gastos de comunidad, la demanda tendrá que dirigirse contra los herederos desconocidos del propietario, o herencia yacente

No obstante, si llegaran a admitir la demanda en el Juzgado y te emplazaran, contesta la demanda con abogado y procurador para evitar cualquier incidencia y que quedes en indefensión

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"La comunidad de propietarios me envía un burofax con una relación de la deuda y amenazándome con una demanda porque pretenden que yo pague dicha deuda de la comunidad."

Aunque usted hubiera asumido en el contrato el pago de los gastos de comunidad, dicho acuerdo sólo vincularía a usted y a su arrendador, nunca a la comunidad de propietarios. Es decir, como apunta el compañero el único obligado frente a la comunidad de propietarios es el propietario-arrendador.

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