Recepcionista hotel noche sin nocturnidad
Trabajo en un hotel de la provincia de Barcelona en el turno de noche siempre. Mi contrato pone recepcionista noche(es un puesto que en el convenio no existe, solo figura recepcionista o también aparece conserje noche) No tengo plus de nocturnidad puesto que me dicen que siempre hago las noches. Mi horario es de 23 a 07. Mi pregunta es si ellos pueden acogerse a ese razonamiento. Porque el convenio pone:Nocturnidad Las horas trabajadas en el período comprendido entre las 10 (diez) de la noche y las 6 (seis) de la mañana, salvo que el salario se haya establecido atendiendo a que el trabajo sea nocturno por su propia naturaleza, tendrán una retribución específica incrementada en un 25% sobre el salario ordinario.
Entiendo que mi trabajo no es nocturno por naturaleza