Qué distancia deben guardar lotubos de Evacuación de Calderas de fachada entre vecinos de que no son de la misma comunidad

Vivo en Gijon semicentro. Mi piso tiene una terraza en el salón, más bien un balcón grande que una terraza, de unos 3-4 m de largo por 0.8-0.9-1 m de ancho, según en que punto; da a la fachada principal. Esa terraza balcón se pensó en cerrarla 8podría ser hoy una ventana, pero luego no se hizo).

En ese balcón, terraza pequeña a la fachada principal tengo plantas y parte del año una par de sillas y mesita pequeña, para salir a fumar o leer.

Mi salón es el límite de mi edificio y Comunidad de Vecinos, es decir tras mi medianera está la medianera de otro edificio que es otra Comunidad diferente.

En ese edificio contiguo, un vecino de mi mis altura de piso, cambió la ubicación de la cocina y ahora se halla justo tras las paredes de mi salón (detrás de ambas medianeras, supongo que no habrá invadido la medianera, no lo sé).

Problema:

Ha instalado el tubo de evacuación a la fachada (el tramo de fachada donde está el tubo, pertenece al edificio de la otra comunidad), de manera que lo ha colocado a 35 cm del comienzo de la varanda de mi terraza, a unos 40 de la terracita en si misma, con el resultado de que la invasión de humo o vapor, o vapor y restos de gases, no lo sé, invaden totalmente mi terraza y la han dejado inutilizable.

Las plantas se van muriendo, las sillas las tuve que retirar porque ya no puedo quedare fuera... Si abro la puerta o ventana me entra en el salón (esto sobre todo en días de viento) dejando un cierto olor... A algo químico... Si cierro la ventana y no la baro ni para ventilar, ese vapor o lo que sea va a aparar a mis cristales...

El evacuado de vapor, gases o lo que sea, por la escasa distancia, va a parar sobre mis plantas, mi varanda, mis cristales si la puerta está cerrada y sobre mí si estoy fuera con bastante "fuerza" y concentración, es decir, mucho antes de que le haya dado tiempo a expandirse...

De su propia, ese tubo, ventana e halla aproximadamente a 1 m, como poco a 80 cm, de la mía (mi propiedad, mi terracita) a 35-40 cm.

Ahora mismo tengo una persona convaleciente de una cirugía y no joven, no solamente no puede usar la terracita/balcón para sentarse y tomar el aire ya que no puede salir, es que, además, tiene mantener cerradas la puerta y ventana del salón que da a esa terracita para que no se mete el humo dentro de casa...

He hablado con el Presidente, pero me dice que no sabe decirme si eso que han hecho está correcto... Y que, de todas formas, es cosa mía, puesto que es el otro 3º piso del edificio de al lado y es a mi a quien afecta.

No sé qué hacer, ni si esto que han hecho es legal y me tengo que aguantar, ni a dónde he de acudir a informarme o, llegado el caso, demandarlo...

Saludos y les agradecería su ayuda, ya que habitualmente vivo sola y no soy demasiado joven (60 años), no sé qué puedo hacer..., ni siquiera sé si hay algo que se pueda hacer.

3 Respuestas

Respuesta
1

¡Gracias! 

El problema es que habla de distancias, pero no concreta nada... , en cuanto al los edificios de varios pisos... No dice la distancia mínima que debe guardar con la  ventana del vecino siguiente del otro edificio, tampoco establece si existe diferencia entre ventana y terraza o balcón. Por lo que no llego a saber si "ventana del vecino o ventana siguiente" se refiere a todo lo que pueda ser propiedad (suelo y fachada) del vecino, como por ejemplo un balcón... y esa expresión de atiene exclusivamente a ventana... (entre otras cosas, porque lo que yo tengo cercano al tubo es una terracita/balcón y, ni siquiera es una ventana lo más próximo a mi vecino del otro edificio, sino una puerta de cristal de salida a esa terraza/balcón.

De todas formas gracias por tu interés, y porque he podido leer en uno de los puntos que hace mención a una distancia mínima (a ventana) de 60 cm, me pregunto, cuál ha de ser la distancia mínima a una terraza de un vecino, porque obviamente las terrazas son suelo de la propiedad por la que se pagan impuestos, por lo tanto están ahí para ser usadas...

Mil gracias de nuevo...

Cuando dice ventana, están incluidas las terrazas

De cualquier forma, dirigase a su ayuntamiento y pregunteló

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2

A mi entender estás hablando de un problema de salubridad pública. Presente una denuncia formal en tu ayuntamiento. No estaría de más que te ayudase un aparejador a redactarla.

¡Gracias! Muchísimas gracias, osea que tengo que pedir cita a algún... Y eso es ..., no sé..., dónde se localiza a un señor aparejador, en qué tipo de empresas u oficinas? Vivo en Gijón.

Pon en internet las palabras “aparejadores o arquitectos técnicos en Gijón”

¡Gracias! Muchas gracias!!!!!

Por favor, señor Francisco Poveda: He hablado con un arquitecto, me dice que el tubo no puede estar ahí porque ni siquiera pueden estar en fachada... Pero yo tenía entendido que sí podían estar en fachada...

Es que el arquitecto me recomienda que avise a la policía municipal... Y, la verdad, me parece tan drástico, sin saber nada seguro antes de hacer cosas a la tremenda!!!

No basta con “hablar” con un arquitecto. Has de pedirle un informe por escrito aunque ello te cueste dinero, y seguir el trâmite que él te recomiende. Si es “drástico”, que lo sea. Por descontado que siempre tendrás que adjuntar su informe a la denuncia que hagas. Y por cierto que a mi me parecería más lógico hacerla formalmente, y con ayuda de un abogado, en el ayuntamiento, no en la policía.

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Si es salida de humos de gas con que haya 40cm a cualquier abertura(rejilla, ventana. Etc) cumpliría la norma

Si es pellets, gasoil etc tiene que ir por encima de tejado de edificio

¡Gracias! 

No sabemos lo que es ni el combustible que utiliza, suponemos que es el tubo de evacuación de la caldera de calefacción.  Está a 35 cm de donde empieza mi terraza y, curiosamente a casi 1 metro de su propia ventana.

Si es gas sería cotrecto

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