Bien ganancial invertido en bien privativo, reformas

Casados en régimen de gananciales desde 1993, mi marido junto con su hermana, poseen un piso viejo, por tanto, privativo. Decidimos en 2014 comprarle su parte a su hermana por valor de 35000€ bajo escritura notarial. Tras ello, invertimos 80000€, de los fondos comunes, en una reforma integral. La revalorización o tasación que ha tenido ese piso actualmente es de 170000€. Nos divorciamos y quería saber qué me corresponde legalmente. El dice q sólo la mitad de esos 80000€.

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Según parece, su marido es propietario del 75% de esa vivienda y usted del 25% restante, porque él tenía el 50% privativo y adquirieron el otro 50% en gananciales.
Por tanto, a usted le corresponde el 25% del precio de venta. Si se vendiera por 170.000, usted recibiría 42.500.

Buenos días, y el valor de 35 más los 80, no se tiene en cuenta a la hora de liquidación de gananciales? Gracias 

Ese dinero es la inversión que han hecho para que la vivienda tenga el valor que tiene. Lo que se reparten ustedes es lo que obtengan de la venta. Y lo gastaron en gananciales, es decir, al 50%.

¡Gracias! 

Pero que quede claro que usted se lleva el 25% de la venta. Si se vendiera por 1.000.000 (es un decir), a usted le corresponderían 250.000. Insisto en ello porque al valor de tasación, lo que le corresponde se parece demasiado a la mitad de lo invertido en obras, que es lo que afirma erróneamente su marido que será su parte.

Me ha quedado muy claro. Muchas gracias. Al ser su piso, él se queda con el viviendo, no se vende, de ahí la tasación para liquidar la sociedad de gananciales. Tenemos un hijo de 25 años en casa y está conmigo viviendo en el campo.

Ok. Entiendo. Pues 42.500.

Y en cualquier caso, si se están divorciando, tendrán abogado(s). Nadie mejor para asesorarlos en el proceso.

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No vale la tasación que se haya hecho de este piso. La mitad del precio de venta es tuya. Un juez puede obligaros a ponerlo en subasta. No creo que os convenga. De todos modos, necesitas un abogado. Las particiones de bienes en un divorcio son muy complicadas.

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Por si esto cuenta; las 80.000 que os gastasteis en la reforma afectó tanto a la parte privativa como a la mitad ganancial. No sé si esto hace que a ti te corresponda algo más que la cuarta parte, ya que la reforma, que tú contribuiste a pagar, afectó a toda la vivienda. En concreto, de las reformas de 80.000, correspondían a la parte privativa, la mitad, 40.000. Yo creo que a tu cuarta parte habría que sumar al menos 20.000 (teniendo en cuenta que esta reforma parece que fue favorable, ya que podría no serlo), y si se contase con la revalorización que eso supuso, pues algo más.

¡Gracias! Muchas gracias, lo tengo en cuenta para presentarlo cuando se liquiden los gananciales. Quiero y estoy siendo justa con la repartición de los bienes, a cada uno lo que le corresponda por ley. Saludos cordiales.

Siempre puede ser agradable el que él se quiera quedar con la casa; también por tu hijo. E incluso no sé si eso podría llegar a facilitar una reconciliación.

También se podría tener en cuenta que el precio al que se adquirió ya pudo ser ventajoso en atención a tratarse de un hermano, y cuñada.

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