¿Es necesaria la formalización de herencia por los herederos para vender una parcela si vive uno de los propietarios?

¿Se puede vender una parcela por parte de uno de los cónyuges habiendo muerto el otro, estando en régimen de gananciales y estando de acuerdo los hijos(herederos) de ambos, sin formalizar la herencia?.

Es decir, ¿es necesario formalizar la herencia antes de vender aunque viva uno de los cónyuges y estén de acuerdo los hijos herederos o puede hacerse sin este trámite?

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Si esa parcela continúa a nombre de una persona fallecida, evidentemente no puede ser vendida, sin antes adjudicársela a uno o varios herederos, que serán los que podrán vender.

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