No sé qué tipo empresa es, pero debe tener contratado un seguro de prevención laboral y le debe indicar a su empresa que anomalías observa a nivel de protección a la intimidad del personal. Averiguar con quién tienen contratado y exponerlo. Si no arregla la empresa ya es un escrito a la empresa o a la autoridad laboral y que vaya un inspector a verlo . Pongo una sentencia al respecto,
Así resuelve la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia 1057/2022, de 8 de marzo, que confirma el pronunciamiento del Juzgado de lo social nº 1 de Vigo, en sentencia 511/2021, de 13 de octubre y se condena a una empresa a indemnizar a una trabajadora por vaciar los enseres personales de su taquilla.
Se pone de manifiesto que la empresa no puede acceder al contenido de taquillas y efectos personales del trabajador sin su consentimiento.