Problemas con un vecino de viviendas sociales por las cacas de los perros

Quiero saber que se puede hacer con un vecino mayor, que vive con su hijo, y tiene dos perros que no sacan, y se cagan en un patio comunal, y no las recogen, provocando malos olores y una situación de problemática entre vecinos, por el poco civismo. Se le ha llamado la atención en varias ocasiones, pero siguen haciendo caso omiso, cuando por fin las recogen, lo que hacen es echarlas con la manguera a los jardines, que también son compartidos. Por eso quería saber qué medidas se pueden tomar para solucionarlo

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En primer lugar comentarte que es de mal gusto especificar lo de viviendas sociales, es un vecino, y ya está. Te han contestado muy correctamente, la primera vía es el diálogo, y si este no funciona, la justicia, eso sí, con pruebas y testigos para poder facilitar la decisión favorable del juez

Manuel, no lo he hecho con la intención de crear discordia, a lo que me refiero es que los vecinos que sufren el poco civismo de este vecino precisamente son vulnerables, y algunos se han tenido que marchar de las viviendas colindantes por este problema, sé que me lo ha explicado bien, pero el caso es diferente, porque no hay Presidente de la Comunidad, y no se puede actuar de la misma manera. 

En ese caso, hay dos opciones, el diálogo directo con el vecino al carecer de representación (administrador de fincas habrá) o en caso contrario, justicia ordinaria

Es un proceso lento, y complicado, pero no hay otra opción, es triste pero es así, es difícil terminar con un vecino incívico, si es difícil hacerlo con un ocupa que es un caso mucho más grave, imagínate esto

Claro, por eso el preguntar cómo poder proceder. Porque aunque sean viviendas sociales, ellos tienen que cuidar de estas y saber convivir, dentro de sus posibilidades.

Habrá que tener paciencia

Pero por favor, deja de decir que aunque sean viviendas sociales, olvidalo, son viviendas, punto, puedes decir que tienes unos vecinos que son unos cerdos, pero no discriminar el tipo de vivienda, es que no tiene nada que ver que sean unos cerdos con el tipo de vivienda ni como la han obtenido. Habrá gente cívica en viviendas sociales, y también habrá cerdos, como es el caso

A ver, que no son mis vecinos, se da en un complejo de viviendas para personas mayores, con pocos recursos, y este señor está haciendo la vida imposible a sus vecinos, que encima son mayores, una de ellas de 90 años, que es la que se puso en contacto conmigo, precisamente. Pero son viviendas sociales, te repito que lo digo para que vean la diferencia entre un bloque de pisos que tiene su Administrador, y este caso, que no sabes a quién acudir, porque son de la Diputación, y el Ayuntamiento no puede entrar en ciertos temas, pero ya te dije que no lo hago por menospreciar, si no, todo lo contrario, porque esos vecinos son personas vulnerables. A ver si me entiendes ya de una vez

Si te entiendo, pero no comparto la forma de decirlo. Tienes un vecino problemático, pero me da igual que tenga un ferrari y 25M€ en el banco, que sea un hombre sin un duro, o una persona con un trastorno. Tienes un vecino problemático, da igual el tipo de viviendas que sea, si son sociales, si vive en una mansión a tu lado, o en un piso de lujo.

Es un bloque con su administrador, también hay problemas con vecinos, es que son cosas que no tienen nada que ver. Tu tienes un vecino problemático, y sólo puedes hacer dos cosas, dialogar con él, y si no se puede, denunciarle, todo lo demás sobra

Ahora piensa que hay una mansión de un hombre rico colindante, y que este hombre saca a sus perros y deja todo lleno de mierda todos los días, la situación es la misma, y tienes las mismas dos opciones, dialogar con él, y en caso contrario, denunciarlo.

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Deberán actuar tal como establece el artículo 7.2 de la Ley de la Propiedad Horizontal, que dice:

2. Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.

El presidente de la comunidad, a iniciativa propia o de cualquiera de los propietarios u ocupantes, requerirá a quien realice las actividades prohibidas por este apartado la inmediata cesación de las mismas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes.

Si el infractor persistiere en su conducta el Presidente, previa autorización de la Junta de propietarios, debidamente convocada al efecto, podrá entablar contra él acción de cesación que, en lo no previsto expresamente por este artículo, se sustanciará a través del juicio ordinario.

Presentada la demanda, acompañada de la acreditación del requerimiento fehaciente al infractor y de la certificación del acuerdo adoptado por la Junta de propietarios, el juez podrá acordar con carácter cautelar la cesación inmediata de la actividad prohibida, bajo apercibimiento de incurrir en delito de desobediencia. Podrá adoptar asimismo cuantas medidas cautelares fueran precisas para asegurar la efectividad de la orden de cesación. La demanda habrá de dirigirse contra el propietario y, en su caso, contra el ocupante de la vivienda o local.

Si la sentencia fuese estimatoria podrá disponer, además de la cesación definitiva de la actividad prohibida y la indemnización de daños y perjuicios que proceda, la privación del derecho al uso de la vivienda o local por tiempo no superior a tres años, en función de la gravedad de la infracción y de los perjuicios ocasionados a la comunidad. Si el infractor no fuese el propietario, la sentencia podrá declarar extinguidos definitivamente todos sus derechos relativos a la vivienda o local, así como su inmediato lanzamiento.

Muchas gracias por la respuesta tan rápida... El problema es que es una vivienda social, que se alquilan a personas mayores y en situación de exclusión social, pero en ocasiones meten a sus hijos, que este es el caso, y este hijo vino con los dos perros... Ayer mismo estuve allí y le dije que debían recoger los excrementos del patio común a tres viviendas, que se apoderado él para tener a los perros alli, para hacer sus necesidades, el hijo no estaba, me dijo que las recogería, pero no lo hacen, y los vecinos, personas mayores, cada una con sus problemas, tienen que aguantar el mal olor, y el poco civismo... Por eso quiero saber en este caso como actuar, si sería conveniente ir con la policía municipal para hacer presión 

Es indiferente que se trate de viviendas sociales y que los ocupantes de las mismas sean personas en situación de exclusión social o no. Como usted imagina, no por eso pueden hacer lo que se les antoje. Dejar que sus animales defequen en los patios o jardines es algo que atenta contra los derechos de los vecinos del edificio. Por tanto, pónganlo en conocimiento del propietario del edificio para que tome las medidas oportunas para que cesen dichos abusos.

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Una posibilidad rápida sería que cualquier vecino que lo viese, lo recogiese, sin más, y lo lleve al contenedor (será dar dos pasos); quizá también esto les ayude. Sirve cualquier bolsa de la compra, etc. Pero siempre será más fácil esto que embarcarse en un proceso por este asunto, fácilmente guiado por la ira, mala consejera (que nunca solucionará este tipo de asuntos, sino que puede complicarlos); y sin duda no descuidar la corrección con este vecino, y, si me lo permites, pensar también en su bien como en el de los demás; de otra manera, además, fácilmente el asunto podría ir a más.

Lee los otros comentarios, y entenderás el problema real, ... Pero que ya iban a ir la policía municipal, al final opté por esa vía, por el bien de los vecinos, que son cívicos, y no tienen por qué soportar ciertas actitudes 

A los vecinos lo que les viene bien es responder auténticamente bien, ante esta incomodidad que se les presenta; y no confundamos el bien de los vecinos con sencillamente, lo más común, de alimentar sus meros intereses, para también halagar los propios de quedar bien, o también obtener un cierto resultado cómodo como sea, etc.

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