Plazo para reclamar posible error Pia

Con motivo de cambio de domicilio a distinta comunidad, he comprobado que había una diferencia de más del cuádruple de la cantidad mensual en el pago por el reconocimiento del PIA de mi madre de una comunidad a otra.

Es decir, en la otra comunidad posiblemente se equivocaron en la resolución dada en un principio.

Yo me he dado cuenta ahora, pues al dictar la misma resolución pero en la Comunidad de Madrid me han dicho que la resolución que traía de la otra comunidad tenía que tratarse de un error.

Han pasado ya cinco años cobrando una prestación posiblemente errónea.

¿Se puede reclamar y de ser así, de qué manera? ¿Entiendo qué ya no cabe recurso?

1 respuesta

Respuesta

No entiendo tu pregunta. ¿A qué te refieres con el PIA?. A mi enterder un PIA (Pequeño Interruptor Automático) es un dispositivo utilizado en el cuadro eléctrico de una vivienda o negocio cuya función es controlar los distintos circuitos interiores. No parece tener nada que ver con lo que expones.

¿Te referirás acaso a la pensión de tu madre (Pensión de Invalidez y Ancianidad)?

¿Es qué le están pagando 1/4 de lo que cobraba?

Un PIA a efectos sociales se refiere a un programa individual de atención, por el cual se valora la dependencia de una persona en función de sus ingresos y discapacidad se le reconoce una ayuda, en este caso solicité yo la ayuda económica como cuidador.

Desconocía su existencia.

No estoy cobrando 1/4 ahora,  sino que lo estuve cobrando estos cinco últimos años hasta ahora.

A veces en estas cosas, como decía Don Quijote, “mejor no meneallo”. Infórmate bien antes de reclamar formalmente, no vaya a ser que “pierdas burro el burro y las alforjas”. Lo siento, hoy me ha dado por el refranero.

Espera a que alguien que conozca casos similares te de una solución.

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