¿Qué cantidad debo reinvertir en vivienda para estar exento del IRPF?
Siempre he tenido la duda de a qué se denomina "reinvertir la ganancia total" para que la operación de venta de vivienda quede exenta de IRPF. Expongo mi caso: compré en 2001 un piso por aprox. 80.000 euros (sumando gastos y arreglos) y lo vendí en 2023 por 145.000 (restando gastos). Entiendo que ha habido una ganancia de 65.000 euros en 22 años, que debe tributar.
1. Primera duda: ¿No se tiene en cuenta el periodo, el tiempo en el que se ha generado la ganancia?
2. Duda principal: ¿Qué importe debo reinvertir en mi nueva vivienda para que esos 65.000 euros queden exentos de tributar, 65.000 euros (ganancia neta) o 145.000 euros (ganancia actual)?
3. Última duda: si compro durante este año una vivienda pero no llego a reinvertir toda la ganancia sino, digamos, 5.000 euros por debajo del total, ¿son esos 5.000 euros los que tributan? ¿Con qué porcentaje de retención?