Aceptación de herencia_Guarda de hecho_es necesaria

Tengo la Guarda de hecho de mi madre con demencia, dictada por el juez. Ahora necesito vender una propiedad para hacer frente a los gastos de asistencia de mi madre. He realizado la solicitud, según marca la ley, al juez para autorizar su venta. Una vez que salga la sentencia, y si esta es favorable. ¿Tengo que hacer también la aceptación de herencia, en una notaría, para vender ese bien. O con la sentencia firme del juez valdría?

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Respuesta

El dinero de la venta tendrá que depositarse en una cuenta a nombre de tu madre, y de él podrá disponerse solo en la forma y para las partidas. Que autorice un juez expresamente. Hablas de “aceptación de la herencia”, lo cual está fuera de lugar.

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