Herencia, impuestos de sucesiones y Hacienda

En 2022, tras aceptación de herencia, recibo un dinero que el banco me ingresa en una cuenta bancaria de la que soy titular junto a un hijo mío. Estoy casada pero mi marido no es titular en la cuenta de abono de la herencia. No tengo ingresos propios sino los de mi marido.

En el borrador de Hacienda de este año, en mis datos fiscales (rendimientos de cuentas bancarias), no aparece esta cuenta en la que el banco transfirió el dinero de la herencia sino otras cuentas en las que la titularidad de mi marido y mía es indistinta. He de decir que la cuenta bancaria en la que se transfirió el dinero es una cuenta de ahorros normal, no da ningún rendimiento de intereses y tampoco he puesto el dinero en ningún depósito a plazo fijo o fondo de inversión. Tal cual me lo transfirió el banco tras la gestión de testamentaria, ahí lo he dejado.

Si miro el borrador de la modalidad de tributación conjunta, que es más ventajoso para ambos, idem, sigue sin aparecer la cuenta.

El impuesto de Sucesiones y Donaciones fue abonado en los 6 meses posteriores al fallecimiento de la persona que me dejó el dinero en herencia.

¿Por qué no aparece esta cuenta en ninguna modalidad del Borrador?.
¿Cómo puedo incluir la cuenta en mi Borrador individual?. Si se puede incluir, ¿ya aparecería también la modificación en la modalidad Conjunta?. Añado que la cuenta no me da intereses, ni siquiera después de que se ingresara en ella el dinero de a herencia.

¿Qué hago con la declaración de este año?

2 Respuestas

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No te preocupes más.. piensa que los bancos están obligados a presentar a la Agencia Tributaria todos los pormenores de las cuentas bancarias. No aparece nada en el borrador.

El hecho de que no aparezca lo tuyo es debido a que ya hiciste pago del impuesto de Sucesiones por la herencia recibida y no procede volver a pagar en la Renta 2022

Así que tramita la Renta tal como te sale y ya está.

Si buscas, verás como en la Carta de Pago que efectuaste del Impuesto de Sucesiones, hay algún apartado referente a "Donación dinero" y liquidaste conforme a esa base.

Si dicha cuenta te generase intereses, el banco lo comunicaría a la Agencia Tributaria y te cargarían en la "Renta" del ejercicio correspondiente el impuesto correspondiente por los mismos.

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Si ese dinero procede de la herencia y en esa herencia se liquidó el impuesto de sucesiones, nada tiene que declarar en IRPF.

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