Nueva pareja en casa-nido

Mi ex pareja y yo hemos roto nuestra relación. Tenemos una hija en común y hemos acordado el régimen de casa-nido. Ella acaba de iniciar una relación y lleva a su novio a la casa y él duerme varias noches en la semana que el toca a ella. Al decirle que no puede hacerlo me dice que su novio está de visita. ¿Cuánto tiempo se considera visita? ¿Puede rehacer su vida y que él se vaya a vivir allí? Una amiga abogada me dice que si mi ex tuviera en exclusiva la casa se podría reclamar, porque sería una nueva familia, pero como los dos estamos viviendo dos semanas cada uno, puede meter a quien quiera y rehacer una nueva familia viviendo allí. No sé qué hacer, no quiero que mi hija viva con este hombre el tiempo en que a mi ex le toca.

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I. Hola Patricia, siento la situación, yo sólo soy lector habitual pero deseaba pasarle un poco de información sobre este tema (un texto suelto y enlaces), recogidas en parte de consultas anteriores, por si le fuese de utilidad mientras le atiende de primera mano un experto o abogado profesional, el que podríamos citar o invocar para trasladarle su consulta en caso de que no recibiese respuestas a lo largo de la semana.

Leí que en el siguiente artículo, este sistema no permite en principio la convivencia del hijo en común con las nuevas parejas o conyuges de madre y padre.

https://divorcionetas.com/caso-nido-que-es/ 

También quisiera matizar estas posibles alternativas al sistema o planteamiento de casa-nido


*Alternativas a la casa nido

- La primera es la extinción del condominio, uno de los progenitores se adjudica la vivienda y compensa económicamente al otro.

- La otra opción es establecer el uso de la vivienda a la parte que se encuentre en una situación económica más desfavorecida o que requiera de especial protección, que vendrá normalmente limitada.

- Si no hay acuerdo, la autoridad judicial deberá atribuir el uso de la vivienda familiar por razón de la guarda de los hijos o por necesidad. a en el tiempo*.


Le ruego me disculpe todas las molestias de tanta lectura y el tipo de respuesta. Mucho ánimo.


*En estos casos, este cese de uso de la vivienda familiar no priva a los hijos/as menores de su derecho a una vivienda, sino simplemente, que no es posible mantenerlos en el uso de un inmueble que no tiene el carácter de domicilio familiar, puesto que dejó de servir a los fines para los que se atribuyó dicho uso.

El Tribunal Supremo en estos casos concede el plazo de UN AÑO para que el progenitor que tiene una nueva pareja, se organice y busque otra vivienda que garantice la situación de sus hijos/as.

Pueden haber otras soluciones económicas, como, por ejemplo, que se venda la vivienda y cada parte pueda adquirir una nueva vivienda o que la nueva pareja adquiera la parte de la vivienda que corresponde al progenitor que no reside en ella*


https://www.elenacrespolorenzo.com/es/custodia-y-casa-nido/ 

https://www.rtve.es/noticias/20241023/supremo-descarta-alternancia-vivienda-familiar-divorcios-sin-acuerdo/16300588.shtml 

https://vestaliaasociados.es/2024/11/12/jurisprudencia-sobre-casa-nido-y-custodia-compartida/ 

https://www.eltiempo.com/vida/familia/el-novedoso-acuerdo-entre-divorciados-en-el-que-se-turnan-la-casa-no-hijos-614082 

https://www.abogados365.com/consultas/puedo-impedir-que-mi-ex-viva-con-su-nueva-pareja-en-el-domicilio-de-los-ninos

https://togas.biz/articulos/articulo-profesionales-no-se-puede-aplicar-el-sistema-de-casa-nido-con-custodia-compartida-en-el-que-los-padres-alternan-viviendo-con-el-hijo-en-la-antigua-vivienda-familiar-sin-acuerdo-entre-ambos-ex-c-nyuges/

https://www.crespolaw.es/blog/casa-nido-custodia-compartida/ 

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