Incluir un inquilino a un contrato de alquiler

Tengo un contrato de alquiler con un inquilino, se ha ido a vivir con él un amigo para repartir gastos. Y quieren que se incluya en el contrato al nuevo, creo que hay que hacer un anexo pero no lo tengo claro, ¿me gustaría saber cómo se hace?, hay comunicárselo a la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, calle Basílica, ¿23?, ¿Se puede hacer por internet?, algún consejo.

Respuesta
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I. Hola Armántica, por mi parte sólo conozco la posibilidad de realizar un anexo al contrato original, lamento no conocer otras opciones.

https://www.idealista.com/news/inmobiliario/vivienda/2022/11/24/800307-como-se-hace-un-anexo-para-un-contrato-de-alquiler 

https://www.idealista.com/news/inmobiliario/vivienda/2014/01/31/715281-que-pasa-si-hay-un-cambio-de-inquilino-o-aparece-un-segundo-en-el-contrato-con-la 

Al producirse esta situación entra en juego el sistema o modalidad de pago ''solidaria'' (los dos inquilinos abonarán el pago como si fuesen una sóla persona), que en mi ignorancia sería la adecuada.

https://www.wonder.legal/es/modele/anexo-al-contrato-arrendamiento-inclusion-sustitucion-arrendatario-solidario?gad_source=1&gclid=Cj0KCQjw16O_BhDNARIsAC3i2GDt_tlhExMqAU5Nuw5mjvkA7RlfntsEKmuhEJk0ayirF2iLR4IChP0aAn6zEALw_wcB 


(cito/copio de una página externa)


B) ¿Y si se añade un segundo arrendatario en el contrato de alquiler? La respuesta es casi idéntica al anterior supuesto:

1) Si incorporamos al segundo inquilino al contrato a través de un anexo al mismo, se trataría del mismo contrato de arrendamiento, por lo que, por ser anterior a la modificación de la lau, no se obtendrían las ventajas actuales de inscribirlo en el registro

2) Si se resolviera el contrato para firmarse uno nuevo con los dos nuevos titulares, entonces, sí que ambos inquilinos podrían beneficiarse de las consecuencias de registrar su contrato

En cualquier momento durante la vigencia del contrato de alquiler, se puede agregar un anexo, siempre que haya consenso entre las dos partes. Es útil saber esto, ya que en la firma del contrato puede haber cosas que se hayan pasado por alto y que merezcan la pena estipular.

Si es el propietario quien formula su voluntad de cambiar o añadir algo al contrato, el inquilino tendrá la última palabra de aceptar dicha modificación. Si no quiere, no se podrá hacer nada, salvo esperar a que el arrendamiento concluya y redactar un nuevo contrato que contemple esa nueva realidad.

De idéntico modo sucede si es el inquilino quién le solicita añadir un anexo al propietario. Si el arrendador no quiere, no se realizará un anexo, pero el inquilino tiene a su favor la posibilidad de abandonar el piso una vez pasados seis meses desde la firma.


Si lo desea es sencillo trasladar su consulta a un experto en caso de no llegar respuestas en pocos días ya que de un profesional siempre podrá recabar más información de primera mano.

Mientras si dispone de tiempo podría revisar estos enlaces con información creo aplicable a su consulta. Disculpe todas las molestias de lectura. Ánimo.


https://www.ocu.org/fincas-y-casas/gestion/alquiler/analisis/2021/04/modificacion-alquiler-y-duracion 

https://emiliorojasabogadosmadrid.es/prorroga-o-renovacion-de-contrato-de-alquiler/ 

https://www.homming.com/blog/se-puede-modificar-contrato-alquiler-firmado 

https://www.zazume.com/es/blog/alquiler/posibilidad-de-modificar-un-contrato-de-alquiler-en-vigor 

 https://www.youtube.com/watch?v=A2blv1YeEy0 

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