Mi inquilino se fue.

Tuve un inquilino con un contrato de arrendamiento de un año, que se fue prorrogando, durante 3 años. Un día vino el inquilino y por problemas que tenia de trabajo se fue a su país.
Al quedar desocupada la vivienda decidir ponerla a la venta. Pero me salio una persona que necesitaba un apartamento y se lo alquile verbalmente con la condición de que si me salía un comprador se marchaba.
Al poco tiempo y pasando por el apartamento para enseñarlo, a personas interesadas en comprarlo y siempre pidiéndole permiso a la persona que temporalmente vivía en el, hubo una persona interesada en comprarlo. En la actualidad he tenido que buscarle otro apartamento a la persona que vivía en el mió.
Pero el problema es que el inquilino que tuve al principio y después de 8 meses, me llama, diciéndome que va ha volver al apartamento porque dice que todavía le quedan 2 años para cumplir al contrato ya que según la ley son como mínimo 5 años los que tiene derecho.
Mi pregunta es ¿Tiene este señor derecho a volver a mi apartamento cuando ya lo había dejado?

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Si se cancelo el contrato, no podrá volver a la vivienda, ya no tiene contrato. Pero la única forma de poderlo demostrar es:
1- Teniendo en su poder la carta de rescinción del contrato.(Enviada por el arrendatario con 1 mes de antelación)
2- Teniendo la resolución del contrato, constando que él deja la vivienda.
3- Teniendo todas la llaves de la vivienda.
En el caso contrario tendremos la obligación de dejar que el arrendatario termine el contrato a no ser que:
1- Indemnice al arrendatario para que abandone la vivienda y poderla vender.
2- Vender la vivienda con inquilino. (Todas las rentas la percibirá el nuevo propietario).
Mi consejo (si es que tenemos prisa de vender) sewría pactar con el arrendatario una cantidad económica razonable para ambas partes para que abandone la vivienda.
P.D. En cualquier caso, cuando se finalize el contrato, lo tendréis que formalizar con la documentación pertinente para evitar cualquier mal entendido.

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