Alquilar solo hasta mayo

Hola tengo un apartamento que alquilo por temporada en verano, me ha surgido la ocaison de alquilarlo en invierno y estamos de acuerdo el inquilino y yo en que deberá abandonarlo en mayo ya que yo ya lo tengo comprometido para el verano, así puedo además cobrarle un alquiler mucho más bajo ya que es zona de playa y en verano es temporada alta,
. MI pregunta es si es esto posible legalmente o puedo tener algún problema en caso que no se marche, aún habiendo firmado un contrato en el que consta fecha de entrada y salida, creo que puedo hacer un contrato de menos de 1 año y no es en ese caso obligado renovarlo, y también quería saber si puedo añadir clausulas como que si quiere permanecer en verano el alquiler sera a otro precio mayor.

3 Respuestas

Respuesta
1
Al igual que alquilas en verano tu haces un contrato firmado por ambas partes en el que el tiene que abandonar el por día y que si no es así el alquiler pasara a ser a por precio más por dinero, tu se le haces por seis meses o por los meses que sean y pones las clausulas que tu quieras una vez que el o ella firmen ese contrato se comprometen a lo que leen y eso va a roma, así que dejalo en el contrato todo muy bien atado y clarito
Respuesta
1
1. Puede realizar un contrato hasta 11 meses sin que el inquilino tenga derecho a quedarse 5 años.
2. Además de poner los plazos por escrito, tenga en cuenta avisarlo mediante correo certificado o fax cuando se aproxime la fecha de salida (1 mes).
3. Puede añadir las cláusulas que estime oportunas. No tiene porque añadir el precio que le va a poner en verano. Cuando se le acabe el contrato que le va a hacer, negocian un nuevo contrato. Nunca una prórroga o renovación, uno completamente nuevo estipulando en una de las cláusulas que el hecho de que sea el mismo arrendatario no significa una renovación ni prórroga de contrato, si no un nuevo contrato.
4. Una vez respondidas sus dudas unos consejos: domicilie todos los pagos: luz, agua y alquiler.
5. Pregunte en consumidores por el documento utilizado en alquileres por la Junta de Arbitraje. Pregunte allí de qué se trata y para que sirve. En rasgos generales: le protege ante impagos, reduce costes en caso de juicio, la resolución es muchísimo más rápida que un juicio ordinario y tiene la misma validez. Pida que le ayuden con el contrato.
Respuesta
1
Lo mejor es establecer la clausula, pero llevas razón en todo, es cierto. Pero ojo inquilinos hay de muchos tipos y si no abandona o no paga después, son otros problemas, hasta ahora todo esta bien hecho.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas