Alquiler

Hola! Mi pregunta es sobre un piso que deseo alquilar. La cocina está vacía, es decir, sin amueblar. El arrendador la terminará en 1 mes. Quisiera saber qué electrodomésticos es su obligación incluir en el piso: ¿Horno, vitrocerámica, extractor, lavarropa, lavaplatos, nevera? El piso es de obra nueva y no tiene ningún aplique de luz, ¿es obligación del arrendador colocar los apliques al menos en los baños y la cocina? Los armarios no tienen ni estantes ni cajoneras, ¿es mi responsabilidad como arrendatario vestirlos y pagar el armado o del arrendador? Y la más importante: Hay que dar de alta los suministros lo cual significa un gasto importante. ¿Cómo arrendatario se que es mi responsabilidad pagar los suministros pero no es obligación de el arrendador darlos de alta? Es decir, ¿alquilar el piso con los suministros ya funcionando?
Muchas gracias,
Mariana
Respuesta
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Vamos a ver no es obligación equipar la cocina, es más si se alquila sin muebles no es obligación dejar nada de nada, solo la fregadera y porque no se puede quitar así como el baño.
Con respecto al alta del suministro queda de acuerdo con el porque cuando tu te vayas el ya lo tiene dado de alta por lo tanto seria el quien lo pagase.
Con respecto a la luz no estoy segura, de lógica es que si tu ves el piso y como esta aceptas el alquiler y firmas contrato lo estas aceptando como esta, pero la cocina si te digo que no es obligación de el ponerte nada, como tampoco es obligación de el reparar nada que se rompa por el uso como puede ser grifos, o pintura de pared, o algo así, el dueño solo paga estructura general es decir, tuberías, grietas en paredes y las ventanas, aun así yo acudiría a consumidores oficina municipal de información al consumidor y pide el libro de la ley de propiedad horizontal es gratuito este servicio y ahí viene todos los derechos y deberes tanto del dueño como del inquilino
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finalizame la pregunta

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