Rescindir contrato de alquiler.

Te mando la pregunta que te hice. Tu respuesta y mi nueva pregunta y además te mando el apartado xi del contrato de alquiler que hemos firmado. Perdona todo este lio pero haber si así me puedes aclarar mejor tu respuesta, por favor ya que ando todavía algo perdida.
Mi pregunta:tengo una gran duda que necesita una gran y rápida respuesta por favor.
Resulta que por motivos de la crisis he decidido alquilar el piso por once meses a una pareja que esta interesada en comprar pero el banco no le da el préstamo.
Hemos firmado el contrato el dieciséis de octubre pero en el contrato pone que es a partir del uno de noviembre cuando yo le entrego llaves del piso y empieza el alquiler.
El caso es que justo un día después me llama otra pareja que estaba interesada diciéndome que está haciendo todo lo posible por conseguir el préstamo porque están muy interesados.
Mi pregunta es:
Si la próxima semana osea, antes de que llegue el día uno de noviembre, me llama la pareja diciendo que le dan el préstamo y como en realidad yo necesito venderlo.
¿Puedo rescindir el contratode alquiler que hemos firmado teniendo enn cuenta que entra en vigor el día uno, que así consta en el contrato aunque en el contrato pone día de firma el dieciséis de octubre.
Muchísimas gracias.
Tu respuesta:Tu ya tienes el compromiso del contrato hecho aunque no se ocupe hasta el 1º de noviembre, si te sale la venta y los compradores saben que lo tienes alquilado no pasa nada, porque ese contrato no tendrá validez para los compradores, ellos tendrán que hacer un nuevo contrato o en su defecto solicitar el piso para vivir ellos.
20/10/2008
Usuario
Mi respuesta:Disculpa ni inexperiencia pero no comprendo lo que me dices.
Haber, los compradores saben que acabo de hacer un contrato de alquiler por once meses pero ellos quieren compran el piso pero obviamente para vivir en él.
Entonces, ¿qué podemos hacer? Los compradores no quieren esperar once meses para ocupar la vivienda. Es que no entiendo muy bien tu respuesta. Acláreme un poco más por favor sobre los pasos a seguir o hacer tanto de mi como de los compradores y muchísimas gracias.
Apartado xi del contrato:
DIce textualmente:
El arrendatario podrá desistir del contrato preavisando debidamente a la arrendadora con una antelación mínima de dos meses. Igualmente podrá ejercer este derecho la arrendadora siempre que avise debidamente al inquilino con dos meses de antelación, tiempo estimado como suficiente para que el arrendatario abandone la vivienda. La resición del contrato por parte de uno de los lados o ambos podrá aplicarse de mutuo acuerdo sin que por ello suponga indemnización alguna por parte de ambos. Si no llegasen a un acuerdo se aplicará la ley vigente según la L.A.U
Espero una pronta respuesta por favor y muchísimas gracias de antemano por tus servicios, paciencia y amabilidad.

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Bueno el apartado que me mandas lo dice muy claro, debes avisar con dos meses de antelación si deseas pedir el piso, pero te repito TU YA HAS CONTRAÍDO COMPROMISO CON ELLOS, no importa si entran a vivir en octubre o noviembre, el contrato ya fue hecho, no puedes pedir así como así la resición de contrato de un día para otro, por más que sea el día antes de ocuparlo. De todos modos piensa que los prestamos están muy parados y no hay magia, nadie podrá conseguir tan pronto ese préstamo, aunque te lo hayan prometido, son solo palabras. Actúa así: si dentro de dos o tres meses obtienen el préstamo los nuevos, pues allí rescindes el contrato según esta escrito, con dos meses de antelación, la excusa es muy valida, tu necesitas venderlo y se han presentado compradores. De lo contrario once meses pasan muy rapido.
Hola. Te mando la pregunta que te hice. Tu respuesta y mi nueva pregunta y además te mando el apartado xi del contrato de alquiler que hemos firmado. Perdona todo este lio pero haber si así me puedes aclarar mejor tu respuesta, por favor ya que ando todavía algo perdida.
Mi pregunta:tengo una gran duda que necesita una gran y rápida respuesta por favor.
Resulta que por motivos de la crisis he decidido alquilar el piso por once meses a una pareja que esta interesada en comprar pero el banco no le da el préstamo.
Hemos firmado el contrato el dieciséis de octubre pero en el contrato pone que es a partir del uno de noviembre cuando yo le entrego llaves del piso y empieza el alquiler.
El caso es que justo un día después me llama otra pareja que estaba interesada diciéndome que está haciendo todo lo posible por conseguir el préstamo porque están muy interesados.
Mi pregunta es:
Si la próxima semana osea, antes de que llegue el día uno de noviembre, me llama la pareja diciendo que le dan el préstamo y como en realidad yo necesito venderlo.
¿Puedo rescindir el contratode alquiler que hemos firmado teniendo enn cuenta que entra en vigor el día uno, que así consta en el contrato aunque en el contrato pone día de firma el dieciséis de octubre.
Muchísimas gracias.
Tu respuesta:Tu ya tienes el compromiso del contrato hecho aunque no se ocupe hasta el 1º de noviembre, si te sale la venta y los compradores saben que lo tienes alquilado no pasa nada, porque ese contrato no tendrá validez para los compradores, ellos tendrán que hacer un nuevo contrato o en su defecto solicitar el piso para vivir ellos.
20/10/2008
Usuario
Mi respuesta:Disculpa ni inexperiencia pero no comprendo lo que me dices.
Haber, los compradores saben que acabo de hacer un contrato de alquiler por once meses pero ellos quieren compran el piso pero obviamente para vivir en él.
Entonces, ¿qué podemos hacer? Los compradores no quieren esperar once meses para ocupar la vivienda. Es que no entiendo muy bien tu respuesta. Acláreme un poco más por favor sobre los pasos a seguir o hacer tanto de mi como de los compradores y muchísimas gracias.
Apartado xi del contrato:
DIce textualmente:
El arrendatario podrá desistir del contrato preavisando debidamente a la arrendadora con una antelación mínima de dos meses. Igualmente podrá ejercer este derecho la arrendadora siempre que avise debidamente al inquilino con dos meses de antelación, tiempo estimado como suficiente para que el arrendatario abandone la vivienda.La resición del contrato por parte de uno de los lados o ambos podrá aplicarse de mutuo acuerdo sin que por ello suponga indemnización alguna por parte de ambos.Si no llegasen a un acuerdo se aplicará la ley vigente según la L.A.U
Espero una pronta respuesta por favor y muchísimas gracias de antemano por tus servicios, paciencia y amabilidad.
Un saludo.
Si. Así lo haré. Creo que tienes toda la razón y es lo más honrado por mi parte.
Agradezco muchísimo tu ayuda.
Hasta pronto y feliz fin de semana que se avecina.
Saludos.

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