Sí, eso sí que es posible y legal. Tu padre te firma a ti un contrato en el que establece que se permite el subarrendamiento completo de la vivienda (el parcial es el subarriendo de habitaciones), de tal manera que tu puedes subarrendar en condición de arrendador de la viviendo que has alquilado.
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Mira, aquí hay un ejemplo de contrato con subarriendo:
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http://www.todalaley.com/mostrarFormulario6.htm.
Tienes que tener varias cuestiones en cuenta, según la Ley de Arrendamientos Urbanos:
1. El contrato no se podrá ceder por el arrendatario sin el consentimiento escrito del
arrendador.
[size= 12px].[/size]
[size= 12px]2. La vivienda arrendada sólo se podrá subarrendar de forma parcial y precio consentimiento escrito del arrendador. El subarriendo se regirá por lo dispuesto en el presente Titulo para el arrendamiento cuando la parte de la finca subarrendada se destine por el subarrendatario a la finalidad indicada en el artículo[/size]
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3.- De no darse esta condición, se regirá por lo pactado entre las partes. El derecho del
subarrendatario se extinguirá, en todo caso, cuando lo haga el del arrendatario que
subarrendó.
El precio del subarriendo no podrá exceder, en ningún caso, del que
corresponda al arrendamiento.
No entiendo tu respuesta. ¿Te preguntan una cosa y respondes otra, o yo lo veo así? - Prof. Francisco Poveda