Extinguido el alquiler, ¿Quién paga suministros?

El día 30-10-2010 hice entrega de llaves del piso alquilado. Y aun en el mes de diciembre me ha venido en mi cuenta el cobro de la luz del mes de noviembre y del agua del cual solo hice uso un mes (la factura es de 3)
Mi pregunta es, si estoy en la obligación del pago. He devuelto la factura y no se si le harán corte de suministro.. No acabé muy bien con el dueño y ni se lo he dicho.. ¿puede obligarme? ¿O estoy en mi derecho de no pagarlo? Tampoco quiero tener problemas..
Muchas gracias

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Desde el momento en el que rescinde el contrato, dejas de tener que pagar los recibos,.. ya no tienes derechos ni obligaciones posteriores a la firma.
Pero lo que hayas consumido tu, es decir, hasta la entrega de llaves finalización de contrato .Corren a tu cargo, y por supuesto que te lo puede reclamar.
En eso estoy de acuerdo.. lo que ocurre, que yo tuve el fallo de no anotar los contadores el día de la entrega de llaves.. no se como se tendrá que hacer ahora.. La de la luz lo tengo claro porque yo ya no estaba en el piso, ¿pero la del Agua?
La del agua probablemente se divida en tres partes (una por mes ) y tu pagaras lo que te corresponda en meses.

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