Piso alquilado y heredado

Hola, mpregal, soy propietario de un piso alquilado desde 1996, con renovación de contrato nuevo el 01/11/2006, con lo cual este año en noviembre hará los cinco años, esta último renovación se hiño a nombre de mi madre, que en ese momento era usufructuaria del mismo. Pues en 2007 muere y heredamos dicho inmueble mi hermano y yo. Hemos seguido con el mismo contrato hasta ahora, sin hacer nada más que comunicar que a partir de una determinada fecha la renta la cobra una sociedad civil formada por nosotros dos al 50%.
Mi pregunta es si tendríamos que dejar que este contrato se prorrogue por sí sólo otros tres años más o es conveniente realizar un nuevo contrato donde se especifique con claridad los nuevos herederos del inmueble. Gracias.

3 Respuestas

Respuesta
1
No hay ningún problema para que continué así los tres años más, pero ya que el nuevo titular es la sociedad formada por ustedes pueden hacer un nuevo contrato donde conste el nuevo titular.
Respuesta
1
Si su intención es continuar con el piso alquilado entonces no es necesario hacer nada. El contrato se prorroga automáticamente 3 años más tal y como indica la LAU.
Respecto al cambio de propietario, no afecta para nada al inquilino ni al contrato, ya que no se trata de una compra-venta sino de una herencia.
Una vez completados los 8 años del contrato entonces sí que es conveniente hacer un nuevo contrato (ya que el actual no admitiría más prórrogas).
Gracias por su rápida respuesta y clara, pero si me permite le quiero pedir una aclaración sobre la finalización del contrato a partir de los 8 años; y entendía que se prorrogaba a partir de entonces cada año igualmente y que ambas partes cada años podrían rescindirlo. ¿Esto no es así?. Gracias
Una vez transcurrido el octavo año la LAU da el contrato por finalizado, sin embargo, si "nadie dice nada" entra en juego el Código Civil, que permite que el contrato se prorrogue por los períodos en que se ha establecido la renta.
Es decir, que si en el contrato se indica "la renta anual es de xxx, pagadero a razón de nnn al mes", el contrato se prorroga por períodos anuales.
Como ve, quedan flecos en el aire, por lo que es recomendable redactar un nuevo contrato o prorrogar el existente por escrito.
Suerte.
Muchísimas gracias por su clara y rápida respuesta. Tengo algunas dudas más que se las haré en el futuro si usted quiere. GRACIAS.
Respuesta
1
Hay que realizar un contrato nuevo .

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas