¿Vencimiento de contrato de alquiler?

Hola, mi pregunta es la siguiente:este mes cumplo contrato de alquiler de una casa, hace un año que vivimos en ella.El contrato dice 12 meses.He de aquí que la dueña me llama hoy para decirme que la va a vender porque su marido ha muerto recientemente y no puede correr con los gastos de la casa... A todo esto nosotros pagamos religiosamente desde el comienzo el alquiler y los gastos de luz y agua, todo esta al corriente.Al firmar el contrato pagamos un mes de deposito más el alquiler en cureso.y hoy me ha llamado para decirme que si puede pasar con un interesado para ver la casa.Ud.¿me podría decir que debo hacer al respecto y otra pregunta puedo no pagarle este mes puesto que ella me tiene que devolver la fianza - como puedo arreglar? Cabe destacar que tengo buena relación con esta señora no he tenido ningún problema. Gracias por su colaboración y espero una respuesta . Un saludo.

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Si el contrato que tiene es de "alquiler de vivienda habitual" (es decir, que no se trata de un alquiler por temporada), entonces durante los 5 primeros años es el inquilino el que, cada año, decide si se queda o no.
Si por el contrario es un contrato "de temporada" entonces al finalizar han de firmar un nuevo contrato o abandonar el domicilio.
Tema venta: en el caso de alquileres de vivienda habitual, el inquilino tiene derecho de retracto, es decir, que a igualdad de oferta tiene preferencia en la compra. Si no le interesa comprar, el propietario puede vender igualmente, pero el nuevo propietario ha de respetar lo que reste de contrato (los 5 años mencionados).
Visitas para la venta: mientras la casa está alquilada el inquilino es "dueño y señor" de la misma, y no tiene porqué permitir visitas sin autorización. Sin embargo, para hacer que la relación con el propietario sea cordial lo más aconsejable es acordar una agenda de visitas que convenga a ambos.
Tema fianza: no se puede dejar de pagar el último mes con cargo a la fianza. Se ha de pagar hasta el final, y una vez entregadas las llaves y firmado el fin de contrato se ha de evaluar el estado de la vivienda para ver si hay que descontar algo por desperfectos.

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