Excepciones del certificado energético

Hola,mi pregunta es sobre las excepciones del certificado energético.

Tengo un apartamento de 42 m en alquiler y sólo lo alquilo de 2 a 3 meses al año;según he leído no tengo obligatoriedad de tener dicho certificado,mi gasto de energía es realmente poco,no creo que supere el 25% al que se refiere la ley.

(Se excluyen del ámbito de aplicación:
a)Edificios y monumentos protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado
o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico; b)Edificios o partes de
edificios utilizados exclusivamente como lugares de culto y para actividades religiosas;
c) Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a
dos años; d)Edificios industriales, de la defensa y agrícolas o partes de los mismos, en la
parte destinada a talleres, procesos industriales, de la defensa y agrícolas no
residenciales; e) Edificios o partes de edificios aislados con una superficie útil total
inferior a 50 m2; f) Edificios que se compren para reformas importantes o demolición; g)
Edificios o partes de edificios existentes de viviendas, cuyo uso sea inferior a cuatro
meses al año, o bien durante un tiempo limitado al año y con un consumo previsto de
energía inferior al 25 por ciento de lo que resultaría de su utilización durante todo el
año, siempre que así conste mediante declaración responsable del propietario de la
vivienda

He pegado el texto que he leído y he remarcado los puntos de mi pregunta,que es si es correcto que no lo debo tener y en referencia a a la declaración responsable del propietario,no sé si se refiere a hacer una declaración y publicarla ,pero¿ dónde? .

Bueno un saludo y gracias por adelantado.

1 respuesta

Respuesta
1

Coincido con Usted en que la vivienda que menciona entra dentro de las excepciones.

Respecto a la declaración responsable, deberá presentarla en la delegación de Industria de su Autonomía (allí deben tener un modelo para ese fin).

Si se trata de Galicia, esos temas los lleva el INEGA a través de la Consellería de Industria.

Suerte.

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