Contrato arrendamiento local
Hola, en las cláusulas de arrendamiento de un loca, figura los motivos por los cuales se podría rescindiría
dicho contrato avisando con un mes de antelación por parte
arrendatario. ¿Debe figurar también que se devuelva en ese caso el
importe entregado como fianza/depósito, o ya es de lógica?
El contrato de arrendamiento, sirve como recibo de entregado el importe del deposito, o hay que hacer un recibo aparte?
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Respuesta de Manuel Pregal
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