Quien debe de pagar el Seguro de Protección de Alquileres, el propietario o el inquilino?


Para alquilar un piso en Madrid me exigen hacer un Seguro de Protección de Alquileres. Lo vamos a hacer con MAPFRE y para una renta de 700€ al mes, cobran 444€/año. Creo que es un poco elevado pero esta aseguradora es lo que pide. El propietario quiere que lo paguemos a medias. Por otro lado me he estado informando que lo tiene que pagar todo el inquilino y yo deduzco que lo tendría que hacer el propietario, pues todas las ventajas son para él. ¿debemos de pagarlo a medias?
Este piso lo va a alquilar mi hija con su pareja. Ellos tienen trabajo, pero como los contratos no son indefinidos, aunque prorrogables anualmente, han pedido mi nómina para hacer el susodicho Seguro. Soy Funcionaria con 30 años de antigüedad y dicen que les vale, pero un poco justo porque ahora un funcionario no es seguro ¿...?
Dice que tenemos que hacer un Pre-Contrato donde figuremos los tres, me imagino que para el Seguro y luego el Contrato de Alquiler donde estarán solo la pareja que van a vivir en el piso. Es esto correcto? Si no es así me gustaría que me indicara como hacerlo. Muchas gracias

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El propietario es libre de pedir las garantías de pago que crea oportunas, y el inquilino también es libre de aceptarlas o no. La Ley da libertar a las partes para negociar estas cuestiones, por lo que es algo que deben hablar Ustedes y llegar a entendimiento.

En este enlace tiene un análisis detallado de varios tipos de garantía:

http://blog.enalquiler.com/2010/actualidad/garantia-pago-alquileres/

Por cuanto a la mecánica del pre-contrato, es correcta. Se necesita hacer un documento inicial para poner en marcha las gestiones administrativas (seguro, fianza, etc) y una vez aprobado el expediente se firma el contrato definitivo.

Suerte.

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