Tengo arrendado un local y el inquilino me debe 2 meses

tengo arrendado un local. El pago se ha de producir del 1-5 del mes. Me debe 2 meses de alquiler ¿cuando y cómo puedo efectuar una orden de desahucio?

Respuesta
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Ud puede instar una demanda de desahucio por falta de pago y es un proceso rápido, pensado para satisfacer al propietario. En 2-3 meses tendría el piso para UD. Se le solicita el pago de la deuda arrendataria y los intereses correspondientes. Aunque, (y como abogado defensor y con experiencia, acaba siendo la mejor opción), se puede intentar llegar a un acuerdo con el inquilino e intentar que pague todo o parte de los alquileres debidos y abandone el local. De ésta forma es mucho más rápido, y cuando se pone un abogado por en medio las cosas van más rápidas

Espero que le haya ayudado. Si tiene cualquier duda puede
contactar
conmigo en el 610.941.077 o en [email protected]. y le doy
presupuesto. Actúo en Barcelona, y en todo el territorio español.



Ruego finalice la pregunta, y se ponga en contacto conmigo. Recuerde que esto
no es un asesoramiento ya que carezco de documentación, argumentos y
hechos para realizar un asesoramiento dentro del marco legal



Reciba un cordial saludo.


Marc.
Abogado

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