Reclamación a inquilino
Buenas noches, me han comentado que puedo exigir una deuda de un inquilino que se ha marchado de un piso sin tener que buscar abogado. Según me cuentan sólo se puede hacer de esta manera cuando la deuda no supera un importe.
Me podrían decir si esto es así? Y si lo es, cuál es el importe máximo? Y qué proceso es el que debo hacer? Acudir al juzgado directamente.
Gracias.
Me podrían decir si esto es así? Y si lo es, cuál es el importe máximo? Y qué proceso es el que debo hacer? Acudir al juzgado directamente.
Gracias.
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Respuesta de Abogados Edo
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